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EL PRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS
HUMANOS,
en ejercicio de sus atribuciones con relación al Fondo y de conformidad con el artículo 31
del Reglamento del Tribunal y el artículo 3 del Reglamento del Fondo de Asistencia Legal de
la Corte,
RESUELVE:
1.
Declarar procedente la solicitud presentada por los representantes para que las
presuntas víctimas puedan acogerse al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos. En ese sentido, se otorgará la asistencia económica
para la presentación de cinco declaraciones, de ser procedente, ya sea en audiencia o por
afidávit. El monto, destino y objeto específicos de esa asistencia serán precisados al
momento de decidir sobre la pertinencia de la declaración de las presuntas víctimas y otros
declarantes ofrecidos y la apertura del procedimiento oral en los términos del artículo 50 del
Reglamento del Tribunal, de conformidad con lo establecido en esta Resolución.
2.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución a los
representantes de las presuntas víctimas, al estado de Guatemala y a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos.
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Presidente en ejercicio
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Presidente en ejercicio
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario