RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2003* CASO CABALLERO DELGADO Y SANTANA CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTOS: 1. La Sentencia de fondo dictada en el Caso Caballero Delgado y Santana por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 8 de diciembre de 1995, mediante la cual, inter alia, Por unanimidad 5. Decid[ió] que la República de Colombia est[aba] obligada a continuar los procedimientos judiciales por la desaparición y presunta muerte de las [víctimas] y su sanción conforme a su derecho interno. Por cuatro votos contra uno 6. Decid[ió] que la República de Colombia est[aba] obligada a pagar una justa indemnización a los familiares de las víctimas y a resarcirles los gastos en que h[ubieran] incurrido en sus gestiones ante las autoridades colombianas con ocasión de este proceso. Disi[ntió] el Juez Nieto Navia. Por cuatro votos contra uno 7. Decid[ió] que la forma y cuantía de la indemnización y el resarcimiento de los gastos ser[ían] fijados por [l]a Corte y para ese efecto [abrió] el procedimiento correspondiente. Disi[ntió] el Juez Nieto Navia. 2. La Sentencia de reparaciones emitida por la Corte el 29 de enero de 1997, mediante la cual resolvió: Por unanimidad 1) Fijar en US$89.500,00 (ochenta y nueve mil quinientos dólares estadounidenses) o su equivalente en moneda nacional el monto que el Estado de Colombia deb[ía] pagar antes del 31 de julio de 1997 en carácter de reparación a los familiares de Isidro Caballero Delgado y de María del Carmen Santana. Estos pagos deb[ían] ser hechos por el Estado de Colombia en la proporción y condiciones expresadas en la parte motiva de [l]a sentencia. 2) Fijar en US$2.000,00 (dos mil dólares estadounidenses) la suma que deb[ía] pagar el Estado directamente a la señora María Nodelia Parra * El Juez Hernán Salgado Pesantes informó a la Corte que, por motivos de fuerza mayor, no podía estar presente en la deliberación y firma de la presente Resolución.

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