RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2003*
CASO CABALLERO DELGADO Y SANTANA
CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA
VISTOS:
1.
La Sentencia de fondo dictada en el Caso Caballero Delgado y Santana por la
Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte
Interamericana” o “el Tribunal”) el 8 de diciembre de 1995, mediante la cual, inter
alia,
Por unanimidad
5.
Decid[ió] que la República de Colombia est[aba] obligada a continuar
los procedimientos judiciales por la desaparición y presunta muerte de las
[víctimas] y su sanción conforme a su derecho interno.
Por cuatro votos contra uno
6.
Decid[ió] que la República de Colombia est[aba] obligada a pagar una
justa indemnización a los familiares de las víctimas y a resarcirles los gastos
en que h[ubieran] incurrido en sus gestiones ante las autoridades colombianas
con ocasión de este proceso.
Disi[ntió] el Juez Nieto Navia.
Por cuatro votos contra uno
7.
Decid[ió] que la forma y cuantía de la indemnización y el resarcimiento
de los gastos ser[ían] fijados por [l]a Corte y para ese efecto [abrió] el
procedimiento correspondiente.
Disi[ntió] el Juez Nieto Navia.
2.
La Sentencia de reparaciones emitida por la Corte el 29 de enero de 1997,
mediante la cual resolvió:
Por unanimidad
1)
Fijar en US$89.500,00 (ochenta y nueve mil quinientos dólares
estadounidenses) o su equivalente en moneda nacional el monto que el Estado
de Colombia deb[ía] pagar antes del 31 de julio de 1997 en carácter de
reparación a los familiares de Isidro Caballero Delgado y de María del Carmen
Santana. Estos pagos deb[ían] ser hechos por el Estado de Colombia en la
proporción y condiciones expresadas en la parte motiva de [l]a sentencia.
2)
Fijar en US$2.000,00 (dos mil dólares estadounidenses) la suma que
deb[ía] pagar el Estado directamente a la señora María Nodelia Parra
*
El Juez Hernán Salgado Pesantes informó a la Corte que, por motivos de fuerza mayor, no podía
estar presente en la deliberación y firma de la presente Resolución.