CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS*
CASO KIMEL VS. ARGENTINA
SENTENCIA DE 2 DE MAYO DE 2008
(FONDO, REPARACIONES Y COSTAS)
En el caso Kimel
la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la
Corte” o “el Tribunal”), integrada por los siguientes jueces:
Cecilia Medina Quiroga, Presidenta;
Diego García-Sayán, Vicepresidente;
Sergio García Ramírez, Juez;
Manuel E. Ventura Robles, Juez;
Margarette May Macaulay, Jueza, y
Rhadys Abreu Blondet, Jueza;
presentes, además,
Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, y
Emilia Segares Rodríguez, Secretaria Adjunta,
de conformidad con los artículos 62.3 y 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención Americana”) y con los artículos 29,
31, 53.2, 55, 56 y 58 del Reglamento de la Corte (en adelante “el Reglamento”), dicta la
presente Sentencia.
I
INTRODUCCIÓN DE LA CAUSA Y OBJETO DE LA CONTROVERSIA
1.
El 19 de abril de 2007, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51 y 61 de la
Convención Americana, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la
Comisión” o “la Comisión Interamericana”) sometió a la Corte una demanda en contra de la
República Argentina (en adelante “el Estado” o “Argentina”), la cual se originó en la
denuncia presentada el 6 de diciembre de 2000 por el Centro de Estudios Legales y Sociales
*
El 7 de mayo de 2007 el Juez Leonardo A. Franco, de nacionalidad argentina, informó al Tribunal de su
inhibitoria para conocer el presente caso. Esta inhibitoria fue aceptada ese mismo día por la Presidencia, en
consulta con los Jueces de la Corte. En virtud de lo anterior, el 7 de mayo de 2007 se informó al Estado que,
dentro del plazo de 30 días, podía designar un juez ad hoc para que participara en este caso. Dicho plazo venció
sin que el Estado efectuara tal designación.