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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
COUR INTERAMERICAINE DES DROITS DE L'HOMME
A
CORTE INTERAMERICANA DE DIREITOS HUMANOS
INTER-AMERICAN COURT OF HUMAN RIGHTS
•
RESOLUCION DE LA CORTE INfERAi"IERICAI'lA DE DERECHOS
HUNlA1'lOS DE 30 DE NOVIE~mREDE 2001
•
ACUNIULACION DE CASOS Y DE AUTOS ORDENADA POR LA CORTE
INfER.A!"IERICANA DE DERECHOS
OS
RESPECTO DE LA REPÚBUCA DE TRINIDAD Y TOBAGO
CASOS HlLAIRE, CONSTANTINE y OTROS Y
BENJAMIN Y OTROS·
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•
VISTOS:
La demanda en el caso Hilaire us. Trinidad y Tobago presentada por la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "la Comisión Inreramericana" o "la
Comisión") a la Corte Inreramericana de Derechos Humanos (en adelante "la Corte
Interamericana", "la Cone" o "el Tribunal") el 25 de mayo de 1999, en la que la Comisión
interpuso su petición en los siguientes términos:
1.
•
[L)a Comisión Interamericana de Derechos Humanos resperuosamente solicita a la
Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos que declace que el Estado ha
violado la Convención, establezca reparaciones por dichas violaciones y deteffiÚne los
cosros y costaS que deberán otorgarse a los representantes de las víctimas.
A. Declaraciones de las víolaciones
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos respetuosamente solicita
que la Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos:
Dicramine que la República de Trinidad y Tobago es responsable de la ";olación de los
derechos del (señor) Hilaire:
1)
A no ser privado arbitrariamente de su vida, en violación del artículo 4(1) de la
Convención Americana.
11)
A que se respete su integridad física, mental y moral, en violación del articulo
5(1) de la Convención Americana.
•
El Juez Oliver Jackman informó a la Corre que, por mOD\·os de fuerza ma)'or, no podía es lar presenle en
el L111 Periodo Ordinario dc Sesionc:s del Tribunal, por ello no p3nicipó en la deliberación)' firma de eSI:!
Rc:solución.
Tel.: (506) '2.)4-0581 Fax: (506) 234-0584 Apdo. 6906-1000 San Jos¿. Cosla Rica
E-mail: www.corleidh.or.a
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