RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS * DE 8 DE OCTUBRE DE 2020 CASO GALINDO CÁRDENAS Y OTROS VS. PERÚ SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTO: 1. La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (en adelante “la Sentencia”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 2 de octubre de 20151. En la Sentencia se tuvo por probado que en octubre de 1994 el señor Galindo fue privado de su libertad en el cuartel militar de Yanac, departamento de Huánuco, Perú, donde permaneció al menos 30 días y fue sometido a un procedimiento en aplicación de la Ley de Arrepentimiento. El 16 de noviembre de 1994 la víctima fue liberada, y el 8 de marzo de 1995 el Fiscal Superior emitió una resolución disponiendo el archivamiento definitivo del caso. En dicha Sentencia, la Corte declaró la responsabilidad internacional de la República del Perú (en adelante “el Estado” o “Perú”) por la violación de los derechos a la libertad personal y a las garantías judiciales en perjuicio de Luis Antonio Galindo Cárdenas, debido a que fue detenido sin motivación suficiente; no fue informado de las razones de su detención, lo que menoscabó su derecho de defensa; no fue llevado ante una autoridad que ejerciera funciones judiciales; su privación de libertad no fue registrada; la misma se prolongó algunos días pese a que ya había concluido el procedimiento respectivo, y no tuvo posibilidad de presentar una acción efectiva para que un juez o tribunal decidiera sin demora sobre su detención y pudiera ordenar su libertad. Asimismo, la Corte declaró Debido a las circunstancias excepcionales ocasionadas por la pandemia COVID-19, esta Resolución fue deliberada y aprobada durante el 137 Período Ordinario de Sesiones, el cual se llevó a cabo de forma no presencial utilizando medios tecnológicos de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Corte. La Jueza Elizabeth Odio Benito, Presidenta del Tribunal, no participó en la deliberación y firma de la presente Resolución, por razones de fuerza mayor. 1 Cfr. Caso Galindo Cárdenas y otros Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 2 de octubre de 2015. Serie C No. 301. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_301_esp.pdf. La Sentencia fue notificada al Estado el 18 de diciembre de 2015. *

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