RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 28 DE ABRIL DE 2006
SOLICITUD DE MEDIDAS PROVISIONALES
RESPECTO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
CASO 19 COMERCIANTES
(SANDRA BELINDA MONTERO FUENTES Y FAMILIARES, SALOMÓN FLÓREZ Y
FAMILIARES, LUIS JOSÉ PUNDOR QUINTERO Y FAMILIARES, ANA DIVA
QUINTERO PUNDOR Y FAMILIARES)
VISTOS:
1.
La Sentencia de fondo, reparaciones y costas emitida por la Corte
Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte” o “el Tribunal”) el 5 de
julio de 2004 en el caso 19 Comerciantes respecto del Estado de Colombia (en
adelante “el Estado” o “Colombia”).
2.
La Resolución de la Corte Interamericana de 3 de septiembre de 2004
mediante la cual se resolvió, inter alia, “[r]atificar la Resolución del Presidente de la
Corte […] de 30 de julio de 2004, en los términos dispuestos en el considerando
decimoquinto de la […] Resolución, en cuanto a la protección a la señora Sandra
Belinda Montero Fuentes y su hijo Juan Manuel Ayala Montero” y “[r]equerir al
Estado que: a) mantenga las medidas necesarias para proteger los derechos a la
vida y a la integridad personal de la señora Sandra Belinda Montero Fuentes y de su
hijo Juan Manuel Ayala Montero; y b) adopte, sin dilación, las medidas necesarias
para proteger los derechos a la vida y a la integridad personal de la menor María
Paola Casanova Montero de 7 años de edad, hija de la señora Sandra Belinda
Montero Fuentes.
3.
El escrito de 17 de abril de 2006, mediante el cual la Comisión Colombiana de
Juristas (en adelante “los representantes de las víctimas y sus familiares” o “los
representantes”) sometió a la Corte Interamericana, de conformidad con los artículos
63.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la
Convención” o “la Convención Americana”) y 25 del Reglamento de la Corte (en
adelante “el Reglamento”), una solicitud de medidas provisionales en el caso 19
Comerciantes, con el propósito de que el Estado adopte las medidas necesarias para
proteger los derechos a la vida y a la integridad personal del señor Salomón Flórez y
de sus familiares, “especialmente el traslado de [su cónyuge,] la señora Nubia Stella
Sepúlveda”, así como del señor Luis José Pundor Quintero y sus familiares y de la
señora Ana Diva Quintero y sus familiares. Los representantes indicaron que el señor
Salomón Flórez es hermano de Antonio Flórez, víctima del caso 19 Comerciantes,
rindió declaración testimonial en la audiencia pública sobre el fondo y las eventuales
reparaciones y costas celebrada en la sede de la Corte y es beneficiario de las
reparaciones ordenadas por el Tribunal. Asimismo, señalaron que el “núcleo familiar
de Salomón Flórez [está] compuesto por su esposa […] y su hijo menor, Danilo
Flórez”. Además, los representantes señalaron que el señor Luis José Pundor
Quintero es beneficiario de las reparaciones y que su núcleo familiar “está compuesto
por su esposa, cinco hijos menores de edad y una hija con su compañero”, así como
que el núcleo familiar de la señora Ana Diva Quintero Pundor está compuesto por “su