RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS 1 DE 19 DE ABRIL DE 2021 CASO JULIEN GRISONAS Y OTROS VS. ARGENTINA2 VISTO: 1. El escrito de sometimiento del caso y el Informe de Admisibilidad y Fondo No. 56/19 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”); el escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante “escrito de solicitudes y argumentos”) del representante de las presuntas víctimas3 (en adelante “el representante”), y el escrito de interposición de excepciones preliminares y contestación al sometimiento del caso e Informe de Fondo y al escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante “escrito de contestación”) de la República Argentina (en adelante “el Estado”, “el Estado argentino” o “Argentina”), así como la documentación anexa a dichos escritos. 2. La Resolución de la Presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) de 24 de marzo de 2021 por medio de la cual, entre otras cuestiones, dispuso convocar al Estado, al representante y a la Comisión Interamericana a una audiencia pública sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas que se celebrará de manera virtual durante el 141 Período Ordinario de Sesiones, los días 10 y 11 de mayo de 2021, a partir de las 8:00 horas de Costa Rica, para recibir sus alegatos y observaciones finales orales, respectivamente. En la misma Resolución se dispuso recibir, en la audiencia pública, las declaraciones de las personas siguientes (punto resolutivo 1): a) Victoria Larrabeiti Yáñez, presunta víctima, propuesta por el representante; b) Pablo Parenti, perito, propuesto por el Estado; c) María José Guembe, perita, propuesta por el Estado, y d) Juan Ernesto Méndez, perito, propuesto por la Comisión. Asimismo, se dispuso requerir que las personas siguientes presten su declaración ante fedatario público (punto resolutivo 3): a) Anatole Larrabeiti Yáñez, presunta víctima, propuesto por el representante, y b) Francesca Lessa, perita, propuesta por el representante4. Por último, se determinó lo pertinente en cuanto al uso del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte en el presente caso. Resolución aprobada durante el 141 Período Ordinario de Sesiones, llevado a cabo de forma no presencial utilizando medios tecnológicos de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Corte. 1 El Juez Eugenio Raúl Zaffaroni, de nacionalidad argentina, no participó en la discusión de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 19.2 del Estatuto y 19 del Reglamento de la Corte. 2 3 El abogado Eduardo Marques Iraola fue designado como representante en el trámite ante la Corte. Cfr. Caso Julien Grisonas y otros Vs. Argentina. Convocatoria a audiencia. Resolución de la Presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de marzo de 2021. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/grisonas_y_otros_24_03_21.pdf. 4

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