RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 28 DE NOVIEMBRE DE 2002 CASO NEIRA ALEGRÍA Y OTROS CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTOS: 1. La sentencia de fondo dictada en el Caso Neira Alegría y otros vs. El Perú por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 19 de enero de 19951 en la que dispuso, en los puntos resolutivos tercero y cuarto, que […] 3. Decide que el Perú está obligado a pagar a los familiares de las víctimas, con ocasión de este proceso, una justa indemnización compensatoria y a reembolsarles los gastos en que pudieron haber incurrido en sus gestiones ante las autoridades nacionales. 4. Decide que la forma y cuantía de la indemnización y el reembolso de los gastos serán fijados por el Perú y la Comisión, de común acuerdo, dentro de un plazo de seis meses contados a partir de la notificación de esta sentencia. […] 2. La sentencia de reparaciones dictada por la Corte en el presente caso el 19 de septiembre de 19962, en la cual decidió lo siguiente: por cinco votos contra uno 1. Fija en US$154.040,74 el total de las indemnizaciones debidas a los familiares de las víctimas a que se refiere este caso. Este pago deberá ser hecho por el Estado del Perú en el plazo de seis meses a contar de la fecha de la notificación de la presente sentencia y en la forma y condiciones que en ella se expresan. Disiente el Juez ad hoc Orihuela Iberico por unanimidad 2. Ordena el establecimiento de fideicomisos según lo previsto en los párrafos 65 y 66. por unanimidad 3. Decide que el Estado del Perú no podrá gravar con impuesto alguno el pago de las indemnizaciones. por unanimidad 1 2 Caso Neira Alegría y otros. Sentencia de 19 de enero de 1995. Serie C No. 20. Caso Neira Alegría y otros. Reparaciones (art. 63.1 Convención Americana sobre Derechos Humanos). Sentencia de 19 de septiembre de 1996. Serie C No. 29.