105 Según la gente, a mi papá lo habían degollado, habían jugado fútbol con la cabeza de mi papá, y que su cabeza estaba a diez metros del cuerpo.[…] Yo sólo vi una pierna de mi papá cuando él iba pasando en una camioneta210. d) Mariela Contreras Cruz: [H]ay mucha gente desaparecida y [por] eso no se encontraban los cuerpos sino pedazos y me enteré por comentarios de las viudas y huérfanos. […] había una señora que le decían María y apodaban la Guajira y ella perdió toda la familia, […] y también sé de la señora María Bustos ella perdió dos hermanos […]. La gente comentaba que habían desocupado el pueblo[, que] acabaron con todo el mundo211. 143. Luego de los hechos de julio de 1997, la mayoría de la población de Mapiripán se desplazó del pueblo; muchos de los familiares se vieron forzados a desplazarse internamente en Colombia y, desde entonces, muchos de ellos han sufrido graves condiciones de vida (supra párr. 96.63 e infra párrs. 169 a 189). Los hechos del caso han generado un profundo estado de miedo, angustia e impotencia en los familiares de las víctimas, lo cual les ha impedido volver a Mapiripán, denunciar los hechos ante las autoridades y participar en los procesos internos. Prueba de ello es que sólo consta que uno de los familiares se ha constituido como parte civil en el proceso penal y que los familiares de sólo cuatro víctimas ejecutadas o desaparecidas han iniciado procesos contencioso administrativos. Dicha situación ha sido determinante, además, para que sólo hayan sido identificados los familiares de algunas de las víctimas de la masacre. 144. Los familiares de las víctimas han sufrido daños como consecuencia de la desaparición y ejecución de las mismas, por la falta de apoyo de las autoridades estatales en la búsqueda de los desaparecidos y el miedo a iniciar o continuar con las búsquedas de sus familiares ante posibles amenazas. Puesto que la mayoría de víctimas se encuentra desaparecida, los familiares no han contado con la posibilidad de honrar apropiadamente a sus seres queridos fallecidos. Todo lo anterior, además de haber afectado su integridad física y psicológica, ha impactado sus relaciones sociales y laborales, ha alterado la dinámica de sus familias y, en algunos casos, ha puesto en riesgo la vida e integridad personal de algunos de sus miembros (supra párrs. 96.141, 96.145 y 96.175). 145. En el presente caso, no ha habido una investigación completa y efectiva sobre los hechos de julio de 1997, como se analizará en este capítulo y en la sección correspondiente a los artículos 8 y 25 de la Convención Americana (infra párrs. 195 a 241). En otros casos, tal ausencia de recursos efectivos ha sido considerada por la Corte como fuente de sufrimiento y angustia adicionales para las víctimas y sus familiares212. Debido a la impunidad parcial, los familiares han sufrido una profunda ansiedad frente a la posibilidad de enfrentar hostilidades si regresaran a Mapiripán. 146. Más allá de lo anterior, en un caso como el de la masacre de Mapiripán, la Corte considera que no se necesita prueba para demostrar las graves afectaciones a 210 Cfr. declaración testimonial rendida ante fedatario público (affidavit) por la señora Nadia Mariana Valencia Sanmiguel el 4 de febrero del 2005 (expediente sobre declaraciones rendidas o autenticadas ante fedatario público, folios 4535 y 4536). 211 Cfr. declaración de la señora Mariela Contreras Cruz, rendida ante la Notaría 21 del Círculo de Bogotá, el 22 de diciembre de 2003 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 69, folio 4177). 212 Cfr. Caso de la Comunidad Moiwana, supra nota 4, párr. 94, y Caso de las Hermanas Serrano Cruz, supra nota 11, párrs. 113 a 115.

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents