43 humanitario cometidas por los paramilitares y la connivencia entre estos grupos y la fuerza pública, como consecuencia de procesos penales y de investigaciones disciplinarias abiertos en su contra que no desembocan en el establecimiento de responsabilidades ni en las correspondientes sanciones37. Respecto del contexto histórico de Mapiripán y la ocurrencia de la masacre 96.21 El Municipio de Mapiripán es un territorio de 11.400 km2, ubicado en el extremo sureste del Departamento del Meta a 530 km de distancia del Municipio de Villavicencio. Actualmente, para llegar a Mapiripán vía terrestre se requieren aproximadamente nueve horas desde Villavicencio y un día y medio desde San José del Guaviare, capital del Departamento del Guaviare. Por vía aérea, se requiere aproximadamente media hora desde este último lugar38. 96.22 El departamento del Meta es considerado como un importante productor de coca y amapola, así como un lugar de ganadería y agricultura39. 96.23 Al inicio de la década de los años noventa, grupos paramilitares, varias organizaciones de narcotraficantes y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (en adelante “las FARC”) intentaban controlar la zona donde se encuentra el municipio de Mapiripán40. Asimismo, dada la importancia estratégica del área, el grupo paramilitar de las AUC lanzó una campaña armada para aumentar su control sobre el territorio41. 37 Cfr. Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, E/CN.4/2005/10, 28 de febrero de 2005, párrs. 61 y 92; Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, E/CN.4/2004/13, 17 de febrero de 2004, párrs. 26, 27, 28, 34 y 77; Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia en el año 2002, E/CN.4/2003/13, 24 de febrero de 2003, párr. 77 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 41, folio 3713); Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, E/CN.4/2002/17, 28 de febrero de 2002, párr. 211, 212 y 365 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 42, folios 3794, 3795, 3796 y 3825); Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia en el año 2000, E/CN.4/2001/15, 20 de marzo de 2001, párrs. 57, 142, 206 y 254 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 39, folios 3613, 3630, 3642, 3650 y 3651), e Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, E/CN.4/2000/11, 9 de marzo de 2000, párr. 27, 47, 146 y 173. 38 Cfr. informe elaborado por la Fiscalía General de la Nación el 6 de abril de 2005 (expediente de anexos a los alegatos finales presentados por el Estado, folio 4990). 39 Cfr. resolución de acusación de 7 de abril de 1999 emitida por la Fiscalía de la Unidad Nacional de Derechos Humanos (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 27, folio 3207 bis); declaración del señor Leonardo Iván Cortés Novoa, rendida ante la Fiscalía General de la Nación el 21 de agosto de 1997 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 30, folios 3400 y 3401), y declaración jurada rendida por la perito Robin Kirk el 15 de febrero del 2005 (expediente sobre declaraciones rendidas o autenticadas ante fedatario público, folio 4623). 40 Cfr. resolución de acusación de 7 de abril de 1999 emitida por la Fiscalía de la Unidad Nacional de Derechos Humanos (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 27, folio 3207 bis), y declaración del señor José Luis Parra Vásquez, rendida ante la Fiscalía General de la Nación el 23 de junio de 1998 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 17, folio 3097). 41 Cfr. resolución de acusación de 7 de abril de 1999 emitida por la Fiscalía de la Unidad Nacional de Derechos Humanos (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 27, folio 3207 bis), y resolución de acusación de 16 de noviembre de 1999 emitida por la Fiscalía General de la Nación (expediente de anexos a la demanda, anexo 1, folios 42 y 43).

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