71
96.123
El 25 de marzo de 2003 la Unidad Nacional de Derechos Humanos y
Derecho Internacional Humanitario informó que
si bien el número de víctimas es indeterminado, se han logrado identificar dentro del
paginario forense los cuerpos de José Rolan Valencia, Sinaí Blanco y un NN hombre de
aproximadamente […] 35 a 40 años de edad, observándose acta de levantamiento […] y
protocolos de necropsia […]. Además de los tres cuerpos referidos con antelación, [se
llevó a cabo] el homicidio de otros pobladores[, cuyos cuerpos] fueron lanzados al río
Guaviare como [los de] Antonio María Barrera, Álvaro Tovar Muñoz, conocido como
Tomate, Edwin Morales, Jaime Pinzón, el de un joven de raza negra con el nombre
Nelson y de un hombre cuyo cuerpo apareció flotando en el agua sin que se haya
identificado; [además, se llevó a cabo] el secuestro de Gustavo Caicedo Rodríguez, Hugo
Fernando Martínez Contreras, Diego Armando Martínez Contreras y Manuel Arévalo,
asesinatos y desapareciones de cuya evidencia se tienen […] testigos125.
96.124
El 31 de diciembre de 2004 la Fiscalía General de la Nación, a través
de la Dirección de Asuntos Internacionales, atendiendo a la solicitud del Fiscal
Especializado de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional
Humanitario, solicitó “asistencia técnica internacional a las autoridades de la Policía
Metropolitana de Londres, para que de ser posible, con un equipo de expertos
forenses especialistas en manejo de escena en agua, se intent[ara] la eventual
recuperación de algunos restos óseos de las personas muertas en la masacre de
Mapiripán”126.
96.125
El 11 de julio de 2005 culminó la audiencia pública de juzgamiento en
el proceso seguido contra el General (r) Jaime Humberto Uscátegui y el proceso pasó
al despacho del juez penal del circuito especializado para la emisión del fallo
correspondiente127.
96.126
A la fecha de la presente Sentencia, el proceso penal continúa en
trámite y el estado actual del mismo, según la información que consta en el
expediente ante la Corte, es el siguiente:
a)
en total, han sido procesadas aproximadamente 17 personas;
b)
se han proferido resoluciones acusatorias contra trece imputados, de
los cuales cinco son miembros del Ejército (supra nota 96.82, 96.95, 96.115 y
96.119);
c)
la Fiscalía General de la Nación ha dictado nueve medidas de
aseguramiento consistentes en detención preventiva. De éstas, las órdenes
de captura de Arnoldo Vergara Trespalacios, Francisco Gómez Vergaño y
Miguel Enrique Vergara Salgado, presuntos paramilitares, no han sido
efectivas;
d)
existen dos sentencias condenatorias en primera instancia contra siete
personas, a saber, los paramilitares Carlos Castaño, Julio Enrique Flórez, Luis
125
Cfr. nota de 25 de marzo de 2003, suscrita por un técnico judicial de la Unidad de Derechos
Humanos y de Derecho Internacional Humanitario (expediente de anexos a la demanda, anexo 47, folios
776 y 777).
126
Cfr. nota de 31 de diciembre de 2004, suscrita por la Directora de Asuntos Internacionales de la
Fiscalía General de la Nación, dirigida al Comisionado de Policía Metropolitana de Londres (expediente de
prueba presentada por el Estado, folio 4687).
127
Cfr. escrito de prueba para mejor resolver presentado por el Estado el 2 de septiembre de 2005.
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