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VI.
RECOMENDACIONES
160.
Con fundamento en los argumentos de hecho y de derecho antes expuestos,
LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
RECOMIENDA AL ESTADO VENEZOLANO:
1.
Realizar una investigación completa, imparcial, efectiva y dentro de un plazo
razonable de las violaciones de derechos humanos declaradas en el presente informe, con el
objeto de identificar y sancionar a los agentes estatales y/o particulares que hayan actuado
como responsables intelectuales y materiales de la muerte de Joe Luis Castillo González y
las lesiones a Yelitze Moreno de Castillo y el niño Luis César Castillo Moreno.
2.
Que disponga las medidas administrativas, disciplinarias o penales
correspondientes frente a las acciones u omisiones de los funcionarios estatales que
contribuyeron a la denegación de justicia e impunidad en la que se encuentran los hechos del
caso.
3.
Fortalecer la capacidad institucional para combatir el patrón de impunidad
frente a casos de ejecuciones extrajudiciales, a través de investigaciones criminales
efectivas, que tengan un seguimiento judicial consistente, garantizando así una adecuada
sanción y reparación.
4.
Reparar adecuadamente las violaciones de derechos humanos declaradas en
el presente informe tanto en el aspecto material como moral.
VII.
NOTIFICACIÓN
161. La Comisión acuerda transmitir este informe al Estado venezolano,
otorgándole un plazo de dos meses para que cumpla con las recomendaciones formuladas.
Dicho plazo se contará a partir de la fecha de transmisión del presente informe al Estado, el
cual no estará facultado para publicarlo. Igualmente, la Comisión acuerda notificar al
peticionario de la aprobación de un informe bajo el artículo 50 de la Convención Americana.
Dado y firmado en la ciudad de Washington, D.C., a los 22 días del mes de octubre de
2010. (Firmado): Felipe González, Presidente; Paulo Sérgio Pinheiro, Primer Vicepresidente;
Dinah Shelton, Segunda Vicepresidenta; María Silvia Guillén, José de Jesús Orozco Henríquez,
y Rodrigo Escobar Gil Miembros de la Comisión.
La que suscribe, Elizabeth Abi-Mershed, en su carácter de Secretaria Ejecutiva
Adjunta de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de conformidad con el
artículo 49 del Reglamento de la Comisión, certifica que es copia fiel del original depositado
en los archivos de la Secretaría de la CIDH.
Elizabeth Abi-Mershed
Secretaria Ejecutiva Adjunta