participación de agentes estatales en las violaciones alegadas por los peticionarios. IV. ANÁLISIS SOBRE COMPETENCIA Y ADMISIBILIDAD A. Competencia 26. Los peticionarios se encuentran facultados por el artículo 44 de la Convención Americana para presentar denuncias ante la CIDH. La petición señala como presuntas víctimas a personas individuales, respecto a quienes el Estado colombiano se comprometió a respetar y garantizar los derechos consagrados en la Convención Americana. Colombia es Estado parte en la Convención Americana desde 31 de julio de 1973, fecha en que se depositó el instrumento de ratificación respectivo; por lo tanto, la Comisión tiene competencia ratione personae para examinar el reclamo. 27. La Comisión tienen competencia ratione loci para conocer la petición, por cuanto en ella se alegan violaciones de derechos protegidos en la Convención Americana que habrían tenido lugar dentro del territorio de un Estado parte en dicho tratado. La CIDH tiene competencia ratione temporis por cuanto la obligación de respetar y garantizar los derechos protegidos en la Convención Americana ya se encontraba en vigor para el Estado en la fecha en que habrían ocurrido los hechos alegados en la petición. Finalmente la Comisión tiene competencia ratione materiae, porque en la petición se denuncian violaciones a derechos humanos protegidos por la Convención Americana. B. Requisitos de admisibilidad a. Agotamiento de los recursos internos 28. El Estado informó que se adelantaban investigaciones en el ámbito interno encaminadas a esclarecer los hechos denunciados en el presente asunto. Los peticionarios, por su parte, alegaron que el reclamo debía ser eximido de cumplir con la regla del previo agotamiento de los recursos internos prevista en el artículo 46(1)(a) de la Convención Americana, por aplicación de la excepción sobre retardo injustificado prevista en el artículo 46(2)(c). 29. La Comisión nota que el proceso por la muerte de Noel Emiro Omeara Carrascal y de su hijo Guillermo Omeara Miraval continúan en etapa de investigación después de más de siete años de 7

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