27 e impone el reto de traducir estas normas en reglamentaciones a nivel nacional para que sean efectivas. El informe elaborado por el profesor Theodore Macdonald responde a todos los requerimientos de un estudio metodológicamente responsable de investigación etnográfica, basado en el uso de múltiples fuentes, en el manejo de conceptos que provienen de varias disciplinas: de la antropología, historia, geografía, economía, etc. Se desprende de la lectura del estudio que el investigador ha hecho extensos recorridos por las zonas, entrevistado a mucha gente, obtenido información directa, que es lo que los antropólogos generalmente hacen y, además, se ha basado en el análisis crítico de una cantidad de documentación que no siempre es fácil conseguir, para sustentar los resultados a los que se llega. En ciertos contextos históricos los derechos de la persona humana se garantizan y se pueden ejercer plenamente sólo si se reconocen los derechos de la colectividad y de la comunidad a la que pertenece esta persona desde su nacimiento y de la que forma parte y la cual le da los elementos necesarios para poder sentirse plenamente realizado como ser humano, que significa también ser social y cultural. La contraposición de esta afirmación es que, al violarse los derechos de una comunidad de seguir subsistiendo como tal y de poder reproducirse como unidad e identidad, se violan una serie de derechos humanos básicos: el derecho a la cultura, la participación, la identidad, la sobrevivencia; esto lo han demostrado numerosos estudios sobre pueblos y comunidades indígenas en Latinoamérica. La comunidad internacional y el derecho de los derechos humanos tienen el reto de desarrollar nuevos conceptos y nuevas normas que, sin lesionar ni cercenar de ninguna manera los derechos humanos de la persona, logren enriquecer las formas de vida de los pueblos indígenas al reconocer la realidad social y cultural, en la que ocurren violaciones a dichos derechos. e. Testimonio de Guillermo Castilleja, Director de Proyectos Especiales del Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF) En el año 1993, al ser el Oficial de Política Forestal para Latinoamérica del Fondo Mundial para la Naturaleza, World Wildlife Fund, inició un proyecto relativo a la Comunidad Awas Tingni, en Nicaragua. El objetivo principal de ese proyecto era apoyar al Gobierno de Nicaragua en el establecimiento de un arreglo contractual que permitiera el aprovechamiento sostenible de los bosques “latifoliados” en la Costa Atlántica, particularmente los bosques de Awas Tingni. Este proyecto respondió a una iniciativa expresa de Nicaragua para que se le brindara asesoría. Desde 1991 el Fondo Mundial para la Naturaleza asumió un papel de asesor en materia de Política Forestal, en particular hacia el entonces Instituto de Recursos Naturales (IRENA), que en la actualidad es el MARENA, Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. El antecedente inmediato del proyecto en Awas Tingni fue una concesión que el Estado otorgó a una compañía taiwanesa llamada EQUIPE, por un área aproximada de un millón de hectáreas en la Costa Atlántica. Esto generó un conflicto sustancial que fue resuelto finalmente con la cancelación de la concesión por parte de Nicaragua. De la concesión de EQUIPE se aprendió que se debían desarrollar modelos de explotación forestal que realmente tuvieran viabilidad y pudieran ser sostenibles a largo plazo.

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