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a saber nada de ella” . Asimismo, agregó que cuando la joven fue subida al jeep él se encontraba junto
a Francisco César de la Cruz Jara y que ambos oyeron decir a los dos hombres que la custodiaban “esta
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hijueputa nos la paga” .
258.
Según el testimonio de Edgar Alfonso Moreno Figueroa, quien se encontraba prestando
servicio militar en el Batallón de Policía Militar, su grupo de reacción inmediata tuvo a su cargo
“acordonar las inmediaciones del Palacio para evitar el ingreso de civiles y prestar la seguridad”. Indicó
que una vez arribó a la Casa del Florero un teniente del Ejército de apellido Rincón, adscrito al Batallón
de Policía Militar número 1, le impartió “la orden específica de cuidar una muchacha”, con la cual
estuvieron ubicados “en el segundo piso de la Casa del Florero”, permaneciendo allí aproximadamente
una hora, luego de lo cual “entró un oficial […] a una oficina que queda diagonal al pasadizo donde nos
encontrábamos y mandó seguir a la muchacha que yo estaba custodiando [...] el oficial cerró la puerta y
pues [...] ya me dirigí a la formación de los pelotones que habíamos estado ahí y nos dirigimos al
batallón”. Señaló además que la muchacha se identificó como Irma Franco y le solicitó que se
comunicara con su familia para avisarle “que la tenía la brigada”, a la vez que le proporcionó un número
telefónico, al que él llamó posteriormente, para transmitir el mensaje. Finalmente, señaló que Irma
Franco fue separada del grupo de rehenes y conducida al segundo piso de la Casa del Florero, debido a
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que los demás liberados la calificaban como guerrillera .
259.
Cabe destacar en este punto la declaración de Bernardo Alfonso Garzón Garzón, quien
tenía el grado de Cabo Primero y formaba parte del Batallón Brigadier General Charry Solano – hoy
Brigada XX del Ejército Nacional–, organismo de inteligencia militar del Ejército, y señaló que a partir de
1978 se infiltró en la Dirección Nacional del M-19, en las FARC y nuevamente en el M-19. Señaló que
formó parte de un grupo especial de inteligencia y contrainteligencia y que en cumplimiento de su labor
tuvo conocimiento de las detenciones realizadas por efectivos del Batallón Charry Solano durante la
retoma del Palacio de Justicia. Al respecto señaló
Sé que allí se tuvo a una niña de nombre Irma Franco, a esta la mantuvieron en una camioneta
color café que en ese entonces estaba condicionada para interrogatorios, una camioneta Ford
Chevi Ban, y se que esta niña suministró información sobre una serie de atentados que iban a
ocurri[r] contra esa Unidad […] PREGUNTADO.= Sabe usted por cuanto tiempo permaneció
retenida y cual fue la suerte de esa persona o sea de Irma Franco? CONTESTÓ.= Realmente no
se cuantos días la tuvieron, ni exactamente cual será el paradero, lo cierto es que a los pocos días
de sucedidos estos hechos, oí varios comentarios de que ella estaba herida en una pierna y que la
habían dejado por ahí cerca, y al parecer se encuentra muerta. PREGUNTADO.= Sírvase
manifestar si en los hechos relacionados con la desaparición de Irma Franco fueron de
conocimiento del entonces comandante de la Brigada XX? CONTESTÓ. = Naturalmente que si,
porque cuando se lleva a alguien a la Unidad o se llevaba y máxime si se tenía por varios días, él
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se tenía que enterar .
260.
Asimismo, según consta en la sentencia de primera instancia del Juzgado 51 Penal del
Circuito Bernardo Alfonso Garzón Garzón señaló que cumplidas las averiguaciones pertinentes, Irma
Franco fue asesinada y su cuerpo sepultado en “la loma donde hoy en día quedan los polígonos”, de lo
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que se encargaron los oficiales Camilo Pulecio Tovar y Carlos Armando Mejía Lobo .
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Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, págs. 231 - 232.
Anexo al escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011.
201
Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, pág. 232. Anexo al
escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011.
202
Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, págs. 232 - 233.
Anexo al escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011.
203
Anexo 28. Jefatura de la Oficina de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación, Declaración
de Bernardo Alfonso Garzón Garzón, 22 de enero de 1991. Anexo 142 al escrito de los peticionarios de 7 de mayo de 2010
recibido en la CIDH el 12 de mayo de 2010.
204
Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, pág. 234. Anexo al
escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011.