270. La Corte también ha dicho que las autoridades deben adoptar las medidas razonables 302 que permitan asegurar el material probatorio necesario para llevar a cabo la investigación . 271. En cuanto a la importancia de la actuación de las autoridades que llevan a cabo las diligencias iniciales de investigación, la Corte ha dicho que “la debida diligencia y los criterios de independencia e imparcialidad, se extienden también a los órganos no judiciales a los que corresponda la investigación previa al proceso judicial, realizada para determinar las circunstancias de una muerte y la existencia de suficientes indicios para interponer una acción penal. Sin el cumplimiento de estas exigencias, el Estado no podrá posteriormente ejercer de manera efectiva y eficiente su facultad acusatoria y los tribunales no podrán llevar a cabo el proceso judicial que este tipo de violaciones 303 requiere” . 272. Asimismo, y de especial relevancia para el presente caso, la Corte ha resaltado que la obligación a cargo del Estado de actuar con debida diligencia en la práctica de una investigación implica que todas las autoridades estatales están obligadas a colaborar en la recaudación de la prueba para que sea posible alcanzar los objetivos de una investigación. La autoridad encargada de la investigación debe velar para que se realicen las diligencias requeridas y, en el evento de que esto no ocurra, debe adoptar las medidas pertinentes conforme a la legislación interna. A su vez, las otras autoridades deben brindar al juez instructor la colaboración que éste les requiera y 304 abstenerse de actos que impliquen obstrucciones para la marcha del proceso investigativo . 273. Si bien la obligación de investigar es una obligación de medios, y no de resultado, ésta debe ser asumida por el Estado como un deber jurídico propio y no como una simple formalidad 305 condenada de antemano a ser infructuosa , o como una mera gestión de intereses particulares, que dependa de la iniciativa procesal de las víctimas o de sus familiares o de la aportación privada de 306 elementos probatorios . 274. La Comisión cuenta con piezas procesales aisladas del expediente de investigación de la muerte de Igmar Alexander Landaeta Mejías, en la cual se practicaron varias diligencias. De análisis de las piezas disponibles del expediente, la Comisión destaca, entre otras, las siguientes omisiones: No obstante la investigación tuvo inicio inmediatamente después de ocurrido el hecho, después del mes de enero de 1997 y hasta el 21 de julio de 1998, no se registran diligencias de investigación. Durante todo el año 1997, las actuaciones procesales tuvieron que ver con la terminación de la averiguación sumaria por parte del Juzgado de los Municipios Santiago Mariño y Libertador y los recursos interpuestos contra esta providencia. Sin embargo, no hay constancia de diligencias específicas durante este largo período. …continuación Manual Sobre la Prevención e Investigación Efectiva de Ejecuciones Extrajudiciales, Arbitrarias y Sumarias de las Naciones Unidas, Doc. E/ST/CSDHA/.12 (1991). 302 Corte IDH. Caso Zambrano Vélez y otros Vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de julio de 2007. Serie C No. 166. Párr. 122. 303 Corte IDH. Caso Cantoral Huamaní y García Santa Cruz Vs. Perú. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 10 de julio de 2007. Serie C No. 167. Párr. 166. 304 Corte IDH. Caso García Prieto y otros Vs. El Salvador. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de noviembre de 2007. Serie C No. 168. Párr. 112. 305 Corte I.D.H., Caso Velásquez Rodríguez. Sentencia de 29 de julio de 1988. Serie C No. 4. Párr. 177; Corte IDH. Caso Cantoral Huamaní y García Santa Cruz Vs. Perú. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 10 de julio de 2007. Serie C No. 167. Párr. 131; y Corte IDH. Caso Zambrano Vélez y otros Vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de julio de 2007. Serie C No. 166. Párr. 120. 306 Corte I.D.H., Caso Velásquez Rodríguez. Sentencia de 29 de julio de 1988. Serie C No. 4. Párr. 177; Corte IDH. Caso Zambrano Vélez y otros Vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de julio de 2007. Serie C No. 166. Párr. 120.

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