RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS* DE 21 DE JULIO DE 2020 CASO ZEGARRA MARÍN VS. PERÚ SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTO: 1. La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (en adelante “la Sentencia”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 15 de febrero de 2017 1. En dicha Sentencia, la Corte declaró internacionalmente responsable a la República del Perú (en adelante “el Estado” o “Perú”) por la violación del derecho a las garantías judiciales en perjuicio del señor Agustín Bladimiro Zegarra Marín, en el proceso penal en que se le condenó por delitos contra la administración de justicia, contra la fe pública y corrupción de funcionarios. La Corte consideró que en dicho proceso no se había respetado el principio de presunción de inocencia ya que la Quinta Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, en su decisión condenatoria de 8 de noviembre de 1996, no valoró racional y objetivamente las pruebas de cargo y descargo, y las pruebas de oficio, así como tampoco desvirtuó la hipótesis de inocencia que surgiera a partir de dichas pruebas para determinar la responsabilidad penal. Asimismo, el Tribunal constató que la sentencia condenatoria del señor Zegarra Marín careció de una debida motivación, lo cual tuvo un impacto directo en el ejercicio de los derechos a la defensa y a recurrir el fallo. Finalmente, el Tribunal concluyó que el Estado violó el derecho a recurrir del fallo ante juez o tribunal superior, por cuanto la Primera Sala Penal Transitoria resolvió el recurso de nulidad planteado por el señor Zegarra Marín sin pronunciarse sobre los argumentos principales presentados por éste, no garantizándose una revisión integral de la sentencia condenatoria. El Tribunal estableció que su Sentencia constituía por sí misma una forma de reparación y, adicionalmente, ordenó al Estado determinadas medidas de reparación (infra Considerando 1). * Debido a las circunstancias excepcionales ocasionadas por la pandemia COVID-19, esta Resolución fue deliberada y aprobada durante el 135 Período Ordinario de Sesiones, el cual se llevó a cabo de forma no presencial utilizando medios tecnológicos de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Corte. 1 Cfr. Caso Zegarra Marín Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 15 de febrero de 2017. Serie C No. 331. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_331_esp.pdf. La Sentencia fue notificada al Estado el 11 de mayo de 2017. -1-

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