22
88.
El 6 de septiembre de 2001, José Agapito Ruano Torres volvió a presentar otro escrito
ante el Tribunal Segundo de Sentencia alegando que su defensa pública lo había perjudicado con cada
una de sus intervenciones; a saber: i) impedir que realice su declaración indagatoria; ii) negarse a
presentar la información relacionada con la verdadera identidad del chopo, quien es su hermano
Rodolfo; iii) avalar las irregularidades del reconocimiento en rueda de personas; y iv) en general, negarse
a realizar cualquier diligencia solicitada a fin de probar su inocencia en tanto él no es el chopo104.
Asimismo, solicitó que se incorpore como parte exponente a su favor a Pedro Torres Hércules, quien fue
testigo de las irregularidades durante el reconocimiento en rueda de personas y tiene la información
necesaria para probar que él no es el chopo105. El 17 de septiembre de 2001 el Tribunal Segundo de
Sentencia de San Salvador resolvió que en cuanto a "la prueba testimonial ofrecida […] este Tribunal
considera que será en el momento procesal oportuno que se resolverá sobre la admisión de dicha
prueba"106. No consta en el expediente judicial que posteriormente el Tribunal Segundo de Sentencia
haya hecho referencia a estas solicitudes.
89.
El 24 de septiembre de 2001 Pedro Torres Hércules presentó un escrito al Tribunal
Segundo de Sentencia de San Salvador donde el Alcalde Municipal de Guazapa destacó la honradez de
José Agapito Ruano Torres y señaló que el sobrenombre de chopo correspondía a su hermano "que se
llama Rodolfo Ruano Torres; y es la persona que fue a buscar la P.N.C. y por una confusión fue detenido el
joven José Agapito"107. El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador no se pronunció al respecto y
se limitó a indicar "agréguese a sus antecedentes"108.
90.
El 27 de septiembre de 2001, Roberto Ruano Torres, hermano de José Agapito, y otras
dos personas, en calidad de testigos, presentaron ante el Tribunal Segundo de Sentencia de San
Salvador un escrito indicando que la persona conocida como el chopo es Rodolfo Ruano Torres y no José
Agapito Ruano Torres109. En consecuencia, señalaron que “de ser cierto lo que dice el proceso, el que
debe saber algo será el hermano que es quien responde al tal ALIAS” 110.
91.
El 1 de octubre de 2001, se inició la vista previa ante el Tribunal Segundo de Sentencia
de San Salvador. Al inicio de la misma, se preguntó a los procesados, incluyendo a José Agapito Ruano
Torres, si deseaban presentar su declaración indagatoria. Consta en el audio de la vista previa que el
señor Ruano Torres indicó "me sostengo a declarar". Sin embargo, el Tribunal Segundo de Sentencia de
San Salvador no le permitió brindar su testimonio; por el contrario, luego de su respuesta le
104
Anexo 1. Escrito de José Agapito Ruano Torres, de fecha 6 de septiembre de 2001, foja 548, expediente criminal
77-2001-2.
105
Anexo 1. Escrito de José Agapito Ruano Torres, de fecha 6 de septiembre de 2001, foja 548, expediente criminal
77-2001-2.
106
Anexo 1. Resolución del Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador, de fecha 17 de septiembre de 2001, foja
551, expediente criminal 77-2001-2.
107
Anexo 1. Oficio suscrito por el Acalde Municipal del Departamento de Guazapa, de fecha 21 de septiembre de
2001, foja 553, expediente criminal 77-2001-2.
108
Anexo 1. Escrito del Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador, de fecha 26 de septiembre de 2001, foja 555,
expediente criminal 77-2001-2.
109
Anexo 1. Escrito suscrito por Roberto Ruano Torres y otras dos personas, de fecha 27 de septiembre de 2001, foja
560, expediente criminal 77-2001-2.
110
Anexo 1. Escrito suscrito por Roberto Ruano Torres y otras dos personas, de fecha 27 de septiembre de 2001, foja
560, expediente criminal 77-2001-2.