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de los representantes de los beneficiarios. Al respecto manifestó que había
“solicitado a las autoridades competentes […] toda la información […] respecto de
tales hechos, así como […] acerca de las medidas efectivamente adoptadas para
garantizar la seguridad e integridad física del [señor] Salinas, como […] para
investigar tales denunciadas amenazas”. El 20 de enero de 2006 remitió el escrito
original del mencionado informe, junto con sus anexos.
42.
El escrito de 24 de enero de 2006, mediante el cual la Comisión
Interamericana manifestó que “dada la importancia del anexo [faltante del informe
estatal] para una correcta evaluación sobre los avances en el proceso de
implementación de [dichas] medidas provisionales, la Comisión entiende que el plazo
con el que cuenta para formular sus observaciones empezará a correr a partir del
momento en que dicho documento le sea transmitido.” El 25 de enero de 2006 la
Secretaría, siguiendo instrucciones del Presidente, informó a los representantes y a
la Comisión el otorgamiento de una prórroga de 10 días, contados a partir de la
fecha de finalización del plazo inicial de cuatro y seis semanas, respectivamente,
para que presentaran las observaciones a dichos informes estatales.
43.
El escrito de 1° de febrero de 2006, mediante el cual el Estado informó sobre
el fallecimiento del interno Federico Alberto Minatti. Ese mismo día los
representantes informaron sobre dicha muerte y presentaron información relativa a
la implementación de las medidas provisionales.
44.
El escrito de 1° de febrero de 2006, mediante el cual el Estado informó sobre
“los hechos de violencia sucedidos en la Unidad No. 4 el […] 12 de diciembre de
2005”, respecto de los cuales informó las medidas y acciones que fueron llevadas a
cabo por la Dirección del a Penitenciarías. Asimismo, el Estado se refirió “a la
situación vinculada con las amenazas que habrían sufrido los [señores] Pablo
Salinas, María Angélica Escayola y Alfredo Guevara”, respecto de los cuales
manifestó que “tanto el [señor] Pablo Salinas como sus colegas han recibido de las
autoridades la protección adecuada y se arbitraron de inmediato las acciones útiles
tendientes a la identificación de los agresores.”
45.
La Resolución de la Corte de 7 de febrero de 2006, mediante la cual resolvió
convocar a la Comisión Interamericana, a los representantes de los beneficiarios de
las medidas provisionales y al Estado, a una audiencia pública que se celebraría en la
ciudad de Brasilia, Brasil, en la sede del Superior Tribunal de Justicia de ese país, el
día 30 de marzo de 2006, con el propósito de que la Corte escuchara sus
argumentos sobre los hechos y circunstancias relativos a la implementación de las
medidas.
46.
Los escritos de 14 y 16 de febrero de 2006, mediante el cual los
representantes presentaron información sobre el interno Ricardo Vilca, quien
“apareció herido [de gravedad] en el mismo pabellón donde hace días apareció
muerto [el interno Federico Alberto] Minnatti”.
47.
El escrito de 21 de febrero de 2006, mediante el cual el Estado solicitó una
prórroga para la presentación de su octavo informe estatal. Dicha prórroga fue
otorgada para el 17 de marzo de 2006.
48.
Los escritos de 27 de febrero de 2006, mediante los cuales los representantes
presentaron “copia del [supuesto] hábeas corpus presentado por hechos sucedidos
en el pabellón de menores adultos” del Penal De Boulong Sur Mer, así como copia de
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