7
23.
El 28 de julio de 2005 se notificó a las partes la Resolución del Presidente de la Corte
(en adelante “el Presidente”) mediante la cual decidió convocar a las partes a una audiencia
pública en la sede del Tribunal el 22 de septiembre de 2005, para escuchar las declaraciones
de los testigos y peritos propuestos por las partes (infra párr. 42), así como los alegatos
finales orales sobre la excepción preliminar y eventuales fondo, reparaciones y costas.
Asimismo, en dicha Resolución el Presidente requirió que siete personas1 propuestas como
testigos por la Comisión; diez personas2 propuestas como testigos por los representantes, y
los señores Bjorn Pettersson y Alfredo De los Ríos, propuestos como peritos por los
representantes, y el señor Hernán Sanín Posada, propuesto como perito por el Estado,
prestaran sus testimonios y peritajes a través de declaraciones rendidas ante fedatario
público (affidávits). En dicha Resolución, el Presidente rechazó por extemporáneo el
testimonio del señor Jaime Jaramillo Panesso, propuesto por el Estado, y solicitó al Estado
que remitiera el nombre de la persona cuya declaración ofrecía en calidad de Vicefiscal
General de la Nación. Además, en esta Resolución el Presidente comunicó a las partes que
contaban con plazo hasta el 24 de octubre de 2005 para presentar sus alegatos finales
escritos sobre la excepción preliminar y eventuales fondo, reparaciones y costas.
24.
El 4 de agosto de 2005 el Estado informó que el nombre de la persona cuya
declaración ofrecía en calidad de Vicefiscal General de la Nación era Jorge Armando Otalora
Gómez.
25.
El 5 de agosto de 2005 el Estado solicitó la revocatoria de la decisión de rechazar por
extemporáneo el testimonio del señor Jaime Jaramillo Panesso contenida en la Resolución del
Presidente de 28 de julio de 2005 (supra párr. 23).
26.
El 9 de agosto de 2005, siguiendo instrucciones del Presidente, se otorgó un plazo
improrrogable de 3 días, contado a partir de la recepción de la comunicación estatal de 5 de
agosto de 2005, para que la Comisión y los representantes presentaran las observaciones
que estimaran pertinentes.
27.
El 12 de agosto de 2005 la Comisión presentó sus observaciones al ofrecimiento del
testigo Jorge Armando Otalora Gómez, Vicefiscal General de la Nación, así como a la solicitud
de revocatoria por parte del Estado de la decisión de rechazar por extemporáneo el
testimonio del señor Jaime Jaramillo Panesso contenida en la Resolución del Presidente de la
Corte de 28 de julio de 2005 (supra párr. 23).
28.
El 19 de agosto de 2005 se notificó a las partes una Resolución del Presidente de la
Corte, mediante la cual se convocó a los testigos ofrecidos por el Estado, los señores Jorge
Armando Otalora Gómez y Jaime Jaramillo Panesso, a que rindieran sus testimonios a través
de declaración rendida ante fedatario público (affidávit), a más tardar el 2 de septiembre de
2005.
29.
El 19 de agosto de 2005 los representantes presentaron sus observaciones a la
solicitud de revocatoria por parte del Estado de la decisión de rechazar por extemporáneo el
testimonio del señor Jaime Jaramillo Panesso contenida en la Resolución del Presidente de la
Corte de 28 de julio de 2005 (supra párr. 23). Las referidas observaciones fueron recibidas
en la Secretaría después de la notificación de la Resolución del Presidente de la Corte de 19
de agosto de 2005, motivo por el cual el referido escrito se rechazó por extemporáneo.
1
Los representantes y los mismos testigos solicitaron la confidencialidad de los nombres por razones de
seguridad.
2
La Comisión Interamericana y los mismos testigos solicitaron la confidencialidad de los nombres por razones
de seguridad.
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