CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CASO NADEGE DORZEMA Y OTROS VS. REPÚBLICA DOMINICANA SENTENCIA DE 24 DE OCTUBRE DE 2012 (Fondo, Reparaciones y Costas) En el caso Nadege Dorzema y otros, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana” o “la Corte”), integrada por los siguientes jueces 1: Diego García-Sayán, Presidente; Manuel E. Ventura Robles, Vicepresidente; Leonardo A. Franco, Juez; Margarette May Macaulay, Jueza; Alberto Pérez Pérez, Juez; Eduardo Vío Grossi, Juez, y presentes además, Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, y Emilia Segares Rodríguez, Secretaria Adjunta; de conformidad con los artículos 62.3 y 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención Americana”) y con los artículos 31, 32, 65 y 67 del Reglamento de la Corte 2 (en adelante “el Reglamento”), dicta la presente Sentencia que se estructura en el siguiente orden: 1 De conformidad con el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte Interamericana aplicable al presente caso (infra nota 2), que establece que “[e]n los casos a que hace referencia el artículo 44 de la Convención Americana, los Jueces no podrán participar en su conocimiento y deliberación, cuando sean nacionales del Estado demandado”, la Jueza Rhadys Abreu Blondet, de nacionalidad dominicana, no participó en la tramitación del presente caso ni en la deliberación y firma de esta Sentencia. 2 Reglamento de la Corte aprobado por la Corte en su LXXXV Período Ordinario de Sesiones celebrado del 16 al 28 de noviembre de 2009.

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