5 2. Requerir al Gobierno de Colombia que adopte, sin dilación, cuantas medidas sean necesarias para asegurar que las indicadas personas, puedan continuar viviendo en su residencia habitual y retornar a sus hogares, brindándoles la seguridad de que no serán perseguidas o amenazadas por agentes del Gobierno o por particulares. 3. Requerir al Gobierno de Colombia que investigue los hechos denunciados contra los miembros del Comité Cívico por los Derechos Humanos del Meta, a fin de sancionar a los responsables de estos actos y en particular del asesinato de Josué Giraldo Cardona. 4. Requerir al Gobierno de Colombia que informe dentro de 15 días a la Corte, y posteriormente cada 30 días, a partir de su notificación, sobre las medidas urgentes que hubiese tomado y, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que remita a la Corte sus observaciones sobre dicha información en un plazo de 15 días contado desde su recepción. 5. Poner la presente resolución a la consideración de la Corte durante su próximo período de sesiones para los efectos pertinentes. Héctor Fix-Zamudio Presidente Víctor Ml. Rodríguez Rescia Secretario adjunto a.i. Comuníquese y ejecútese, Héctor Fix-Zamudio Presidente Víctor Ml. Rodríguez Rescia Secretario adjunto a.i.

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