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CONSIDERANDO:
Que en virtud de la controversia que existe respecto de los hechos,
particularmente en lo tocante a las medidas adoptadas por el Estado para cumplir con
lo dispuesto por el Presidente, la Corte considera oportuno conocer los argumentos del
Estado de Colombia y de la Comisión Interamericana respecto de las medidas
adoptadas en este caso, antes de pronunciarse sobre las medidas urgentes dictadas
por el Presidente.
POR TANTO:
LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 63.2 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos y 25.1 y 25.2 de su Reglamento
RESUELVE:
Convocar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y al Estado de
Colombia a una audiencia pública, que se celebrará el 4 de noviembre de 1997 a partir
de las 10:00 horas en la sede de la Corte, para conocer sus argumentos sobre las
medidas provisionales solicitadas en el presente caso.
Hernán Salgado Pesantes
Presidente
Antônio A. Cançado Trindade
Héctor Fix-Zamudio
Máximo Pacheco Gómez
Oliver Jackman
Alirio Abreu Burelli
Manuel E. Ventura Robles
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Hernán Salgado Pesantes
Presidente
Manuel E. Ventura Robles
Secretario