-26policial de protección que se activa al momento en que un miembro de la
comunidad de Sarayaku da aviso de cualquier desplazamiento de la
comunidad hacia el resto de las ciudades. Fueron los beneficiarios quienes
indicaron que la protección era necesaria sólo para sus dirigentes;
k) respecto de su obligación frente a actos de terceros particulares reitera su
plena voluntad de investigar y sancionar a los responsables de ciertos hechos
ilícitos que se han suscitado en los últimos 10 años en el bloque 23.
Investigará cualquier situación ilícita que sea cometida tanto por miembros de
la comunidad como por los operadores de la empresa CGC;
l)
se ha designado un coordinador en la policía para sostener reuniones
permanentes e informar las novedades, en especial sobre la comunidad de
Sarayaku;
m) el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Procuraduría General del Estado
han exhortado a la Comandancia General de Policía a evaluar cuál es la
eficacia del destacamento policial de Canelos y, de ser necesario, reforzarlo;
n) cuando el candidato de la CONAIE fue objeto de amenazas y represalias no se
dio a conocer a la policía nacional. Mientras no exista una denuncia realizada
a la Fiscalía, la policía no puede realizar las investigaciones. Además, se
determinó que las amenazas que recibió en el aeropuerto fueron realizadas
por delincuentes comunes;
o) es consciente de que su responsabilidad internacional se genera por acción o
por omisión. En este caso, una eventual responsabilidad podría configurarse
por una omisión de acción respecto de la obstrucción del tránsito por el río
Bobonaza o el tránsito por vía terrestre. Es consciente de la importancia que
tiene para las comunidades indígenas la cacería y otro tipo de cuestiones
rutinarias que se relacionan estrechamente con la libre circulación por el río
Bobonaza;
p) el 10 de abril de 2005 la asamblea de Canelos resolvió permitir la libre
circulación por su sector del Río Bobonaza a los dirigentes de Sarayaku y sus
familias, siempre que cumplan con las resoluciones adoptadas el 6 de junio de
2003 en Pakayaku y que desistan de los 23 juicios instaurados en contra de
los miembros de la comunidad de Canelos;
q) existe un destacamento policial con 5 elementos en Canelos desde hace 2
años para dar seguridad y evitar enfrentamientos entre las comunidades.
Con dicha unidad policial comunitaria se facilitó y permitió a la policía nacional
un mayor acercamiento con la dirigencia de Canelos, logrando que accedan al
paso de la población de Sarayaku, a excepción de la dirigencia;
r) se advierte una voluntad de composición por parte de la comunidad de
Canelos a este conflicto intercomunitario. Por ello llama también a ese
diálogo a la comunidad de Sarayaku;
s) existe un destacamento militar con 5 soldados en Jatún Molino para seguridad
y protección de las comunidades indígenas. Es la única institución del Estado
presente en este sector con jurisdicción y competencia para garantizar el
orden público, según las leyes nacionales. No interfiere en las actividades de
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