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4.
Requerir al Estado que escuche la opinión de los peticionarios y les informe sobre el
avance en la implementación de las medidas dictadas por la Corte.
5.
Requerir al Estado de Colombia que, en su próximo informe, incluya información sobre
las medidas adoptadas en relación con los puntos resolutivos de la presente resolución.
6.
Requerir al Estado de Colombia que continúe presentando sus informes sobre las
medidas provisionales tomadas cada dos meses y a la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos que presente sus observaciones a dichos informes dentro de un plazo de seis
semanas a partir de su recepción.
Hernán Salgado Pesantes
Presidente
Antônio A. Cançado Trindade
Máximo Pacheco Gómez
Oliver Jackman
Sergio García Ramírez
Alirio Abreu Burelli
Carlos Vicente de Roux Rengifo
Manuel E. Ventura Robles
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Hernán Salgado Pesantes
Presidente
Manuel E. Ventura Robles
Secretario