53 90.53. Como consecuencia de los hechos que motivaron este caso el señor Daniel Tibi ha sufrido y sigue sufriendo trastornos de salud física115 y psíquica, algunos de los cuales podrían aliviarse, mientras que otros podrían durar toda la vida116. Debido a dichos trastornos, ha tenido que recibir tratamiento médico, e incurrido en diversos gastos117. 90.54. El señor Daniel Tibi y sus familiares siguen sufriendo por la impunidad que impera en este caso118. Respecto de los daños materiales e inmateriales causados a la familia del señor Daniel Tibi 90.55. Por motivo de los hechos del presente caso, la señora Beatrice Baruet, ex compañera del señor Daniel Tibi, vió afectadas sus relaciones laborales y económicas. Tuvo que mantener a la familia sin el apoyo de la presunta víctima, además de asumir gastos relacionados con la situación de ésta, traslados, alimentación y permanencia en Guayaquil, cuando visitaba al señor Daniel Tibi en la penitenciaría, todo lo cual le ocasionó daños materiales119. resolver presentada por la Comisión Interamericana, tomo único, folios 1864 a 1867); informe de laboratorio elaborado por Christophe Ronsin y Anne Ebel del Laboratoire d´analyses spécialisées de 18 de diciembre de 2001 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por la Comisión Interamericana, tomo único, folio 1853); informe de laboratorio elaborado por Christophe Ronsin del Laboratoire d´analyses spécialisées de 17 de junio de 2002 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por la Comisión Interamericana, tomo único, folio 1868); audiometría elaborada por el Cabinet Dr Ardaud, Bonefille et Gaucher de 19 de junio de 2004 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por la Comisión Interamericana, tomo único, folio 1852); certificado médico elaborado por el doctor Micheline Tulliez del Service d´anatomie et cytologie pathologiques de 07 de junio de 2001 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por la Comisión Interamericana, tomo único, folio 1854); certificado médico elaborado por el doctor Micheline Tulliez del Service d´anatomie et cytologie pathologiques de 01 de abril de 2004 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por la Comisión Interamericana, tomo único, folios 1855 a 1856); certificado médico elaborado por el doctor Micheline Tulliez del Service d´anatomie et cytologie pathologiques de 05 de abril de 2004 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por la Comisión Interamericana, tomo único, folio 1857); y certificado médico elaborado por el doctor Philippe Blanche, del Groupe Hospitalier Cochin,- Saint Vicent De Paul-La Roche-Guyon de 6 de junio de 2001 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por la Comisión Interamericana, tomo único, folios 1859 a 1863). 115 Cfr. dictamen del señor Carlos Martín Beristain rendido ante la Corte Interamericana durante la audiencia pública celebrada el 7 de julio de 2004. 116 Cfr. dictamen de la señora Ana Deutsch rendido ante la Corte Interamericana durante la audiencia pública celebrada el 7 de julio de 2004; dictamen del señor Carlos Martín Beristain rendido ante la Corte Interamericana durante la audiencia pública celebrada el 7 de julio de 2004; declaración jurada rendida por el señor Michel Robert el 31 de mayo de 2004 (expediente de excepciones preliminares, y eventuales fondo y reparaciones, Tomo III, folios 601 a 602 y 572.b y 573). 117 Cfr. dictamen de la señora Ana Deutsch rendido ante la Corte Interamericana durante la audiencia pública celebrada el 7 de julio de 2004; factura de hospitalización del Hospital Henri Mondor de 21 de febrero de 1998 y escrito de intimación de pago de 17 de marzo de 1998 (expediente de anexos a los alegatos escritos de los representantes de la presunta víctima y sus familiares, tomo único, folios 1916 y 1917); y presupuesto sobre tratamiento odontológico realizado por el doctor Gèrard Hoayon (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 22, folio 783); y declaración jurada rendida por el señor Michel Robert el 31 de mayo de 2004 (expediente de excepciones preliminares, y eventuales fondo y reparaciones, Tomo III, folios 601 a 602 y 572.b y 573). 118 Cfr. testimonio del señor Daniel Tibi rendido ante la Corte Interamericana durante la audiencia pública celebrada el 7 de julio de 2004; testimonio de Beatrice Baruet rendido ante la Corte Interamericana durante la audiencia pública celebrada el 7 de julio de 2004; y dictamen de las señora Ana Deutsch rendido ante la Corte Interamericana durante la audiencia pública celebrada el 7 de julio de 2004. 119 Cfr. testimonio del señor Daniel Tibi rendido ante la Corte Interamericana durante la audiencia pública

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