97 conocimiento del sistema judicial. El choque cultural mas alarmante debe haber sido comprobar que las autoridades no hacían cumplir las leyes del Ecuador. Alegatos de los representantes de la víctima y sus familiares 240. Los representantes de la víctima y sus familiares señalaron : Respecto al “daño moral” del señor Daniel Tibi, que: la violación a su integridad personal involucra el sufrimiento en distintos a) ámbitos: físico, psíquico y moral. A más de ocho años de ocurridos los hechos, reflejados en las secuelas físicas y psicológicas que aún sufre, el señor Daniel Tibi no podrá recuperarse totalmente de todos los perjuicios que el Estado ecuatoriano le causó. Las torturas provocaron la ruptura de su personalidad y sus lazos familiares. Hubo un cambio radical en su vida, que lo puso en una situación de desventaja que perdura hasta la fecha. El señor Tibi tiene problemas psicológicos importantes, tales como: pesadillas, irritabilidad, síndrome depresivo, depresión, comportamientos de hiper vigilancia y fatiga; el daño moral también se origina en la ilegalidad y arbitrariedad de su b) detención, la impotencia para demostrar su inocencia, la falta de investigación de la tortura, la duración excesiva de la prisión preventiva, las pésimas condiciones carcelarias que sufrió y las demás violaciones que han sido detalladas en el escrito de demanda; el Estado debe compensarlo con una justa indemnización, que asciende a c) US$100.000,00 (cien mil dólares de los Estado Unidos de América); d) los daños ocasionados a la víctima y el sufrimiento provocado a su familia han dejado secuelas que requieren tratamiento médico y psicólogo. Debe incluirse un rubro para los gastos futuros de dichos tratamientos, suma que deberá ser entregada a todos los miembros de la familia, en especial al señor Tibi, quien todavía padece de serios daños psíquicos y dolencias físicas, tales como cáncer; e) las violaciones a sus derechos humanos privaron al señor Tibi de la posibilidad de desarrollar su “proyecto de vida”, impidiéndole alcanzar las metas personales, profesionales y familiares que se había planteado junto a su familia. El señor Tibi tenía planes concretos tanto profesionales como personales para su futuro; estos planes quedaron descartados cuando fue privado de libertad arbitrariamente más de dos años. Las violaciones de las que fue objeto el señor Tibi alteraron gravemente el curso que normalmente habría seguido su vida; impidieron la realización de su vocación, aspiraciones, potencialidades, y causaron que nunca más pueda desarrollar actividades físicas normales. Los representantes solicitaron a la Corte que ordene al Estado reparar el daño producido al “proyecto de vida” del señor Tibi; Respecto al “daño moral” de los familiares del señor Daniel Tibi que: éstos también sufrieron las consecuencias de las violaciones a los derechos f) humanos. La señora Beatrice Baruet se trasladaba todos los viernes a la ciudad de Guayaquil y permanecía ahí el fin de semana; igualmente viajaba durante sus vacaciones; constató las lesiones del señor Tibi, lo que le produjo dolor y desesperación. La menor Sarah Vachon, hija de la señora Beatrice Baruet, fue enviada a Francia y no pudo estar con su familia por alrededor de dos años; Jeanne

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