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los testigos Anne Ellen Stewart Orlandini, Raimundo Jesús Palamara Stewart, Humberto
Antonio Palamara Stewart y Fernando Alejandro Palamara Stewart (supra párrs. 29 y 32).
36.
El 9 de mayo de 2005 se celebró la audiencia pública sobre fondo y eventuales
reparaciones y costas, en la cual comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: Evelio
Fernández Arévalo, delegado; Eduardo Bertoni, delegado; Víctor H. Madrigal Borloz y Lilly
Ching, asesores; b) por los representantes de la presunta víctima: Liliana Tojo, Julieta Di
Corleto y Francisco Cox Vial, abogados de CEJIL; c) por el Estado de Chile: Amira Esquivel
Utreras, Agente; Miguel Ángel González Morales, Agente alterno; y Patricio Aguirre Vacchieri.
Asimismo, comparecieron ante la Corte la presunta víctima, señor Humberto Antonio Palamara
Iribarne, testigo propuesto por la Comisión y por los representantes, y el señor Cristian Riego
Ramírez, perito propuesto por los representantes y convocados por el Presidente (supra párrs.
23 y 30). Asimismo, la Corte escuchó los alegatos finales de la Comisión, los representantes y
el Estado.
37.
El 3 de junio de 2005 los representantes presentaron un escrito y un anexo, mediante
los cuales remitieron una copia de la declaración jurada del perito Alex Avsolomovich Callejas
e indicaron que “lamenta[ban] la tardanza en su entrega pero recién ha[bía] sido remitid[a]
luego de la operación a la cual fue sometido el […] Perito” (supra párrs. 23 y 31).
38.
El 10 de junio de 2005 la Comisión presentó un escrito, mediante el cual indicó que “no
tiene observaciones que formular” a la declaración jurada del perito Alex Avsolomovich
Callejas (supra párr. 37).
39.
El 15 de junio de 2005 Chile presentó sus observaciones a la declaración jurada del
perito Alex Avsolomovich Callejas (supra párr. 37).
40.
El 23 de junio de 2005 los representantes presentaron sus alegatos finales escritos
sobre el fondo y las eventuales reparaciones y costas.
41.
El 28 de junio de 2005 la Comisión Interamericana y el Estado presentaron sus alegatos
finales escritos sobre el fondo y las eventuales reparaciones y costas.
42.
El 18 de agosto de 2005 el Estado presentó un escrito, mediante el cual informó “que el
poder legislativo chileno ha aprobado la reforma normativa que elimina la figura del desacato”
e indicó que el “texto final del proyecto de reforma” sería remitido en cuanto fuera publicado
en el Diario Oficial.
43.
El 9 de septiembre de 2005 el Estado remitió un escrito y sus anexos, mediante los
cuales presentó copia del texto de la Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas de
Chile, e indicó que “es un antecedente relevante para la resolución del caso y ha [sido] citada
reiteradamente en este caso”. Asimismo, Chile adjuntó a dicho escrito una copia del Estatuto
del Personal de las Fuerzas Armadas, del Reglamento de Disciplina de la Armada y una copia
de los artículos 299 a 339 del Código de Justicia Militar Comentado.
44.
El 16 de septiembre de 2005 el Estado presentó un escrito y un anexo, mediante los
cuales remitió una copia del texto de la Ley No. 20.048 y señaló que dicha Ley “eliminó la
figura del desacato en la legislación chilena”. El 19 de septiembre de 2005 la Secretaría,
siguiendo instrucciones del Presidente, otorgó un plazo hasta el 3 y 10 de octubre de 2005
para que los representantes y la Comisión presentaran, respectivamente, las observaciones
que estimaran pertinentes al referido escrito y su anexo.
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