integridad personal del señor Lysias Fleury3. Asimismo, determinó en el punto
resolutivo sexto (supra Visto 9) la obligación del Estado de informar al Tribunal cada
treinta días sobre las medidas adoptadas.
12.
Que en razón del análisis de los documentos que conforman el expediente
sobre las presentes medidas, la Corte considera necesario reiterar al Estado que es
responsabilidad del mismo adoptar medidas de seguridad para proteger a todas las
personas sujetas a su jurisdicción y que este deber se torna aún más evidente en
relación con quienes estén vinculados en procesos ante los órganos de protección de
la Convención Americana4.
13.
Que a la fecha el Estado no ha presentado ninguno de los informes requeridos,
tanto por el Presidente como por el Tribunal, sobre las medidas que haya adoptado en
cumplimiento de las Resoluciones del Presidente de 18 de marzo de 2003 y de la
Corte de 7 de junio de 2003, y las notas de la Secretaría de 3 de abril, 22 de mayo y
10 de septiembre de 2003 (supra Vistos 1, 2, 5, 9 y 10).
15.
Que el Estado debe brindar información suficiente sobre las medidas
adoptadas, pues es un deber del Estado establecido reiteradamente por esta Corte5.
3
Cfr., Caso Lysias Fleury. Medidas Provisionales.
Serie E No. 4, Considerando noveno.
Resolución de la Corte de 7 de junio de 2003.
4
Cfr., inter alia, Caso Bámaca Velásquez. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 20 de
noviembre de 2003. Considerando sexto; Caso Liliana Ortega y otras. Medidas Provisionales. Resolución de
la Corte de 21 de febrero de 2003. Serie E No. 4, Considerando octavo; Caso Luisiana Ríos y otros. Medidas
Provisionales. Resolución de la Corte de 20 de febrero de 2003. Serie E No. 4, Considerando octavo; Caso e
Luis Uzcátegui. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 20 de febrero de 2003. Serie E No. 4,
Considerando undécimo; Caso Luis Uzcátegui. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 27 de
noviembre de 2002. Serie E No. 4, Considerando séptimo; Caso Luisiana Ríos y otros. Medidas
Provisionales. Resolución de la Corte de 27 de noviembre de 2002. Serie E No. 4, Considerando séptimo;
Caso e Liliana Ortega y otras. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 27 de noviembre de 2002,
Serie E No. 4, Considerando séptimo; Caso de la Cárcel de Urso Branco. Medidas Provisionales. Resolución
de la Corte de 29 de agosto de 2002. Serie E No. 4, Considerando quinto; Caso Helen Mack y otros. Medidas
Provisionales. Resolución de la Corte de 26 de agosto de 2002. Serie E No. 4, Considerando séptimo; Caso
Helen Mack y otros. Medidas Provisionales. Resolución del Presidente de 14 de agosto de 2002. Serie E No.
4, Considerando séptimo; Caso de la Cárcel de Urso Branco. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte
de 18 de junio de 2002. Serie E No. 4, Considerando octavo; Caso Gallardo Rodríguez. Medidas
Provisionales. Resolución del Presidente de 20 de diciembre de 2001. Serie E No. 4, Considerando séptimo;
Caso del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez y otros. Medidas Provisionales. Resolución
del Presidente de la Corte de 25 de octubre de 2001. Serie E No. 4, Considerando octavo; Caso Loayza
Tamayo. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 3 de febrero de 2001. Serie E No. 3,
Considerando octavo; Caso Paniagua Morales y otros. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 29
de enero de 2001. Serie E No. 3, Considerando noveno; Caso Loayza Tamayo. Medidas Provisionales.
Resolución del Presidente de la Corte de 13 de diciembre de 2000. Serie E No. 3, Considerando noveno;
Caso de Haitianos y Dominicanos de Origen Haitiano en la República Dominicana. Medidas Provisionales.
Resolución de la Corte de 12 de noviembre de 2000. Serie E No. 3, Considerando sexto; Caso de la
Comunidad de Paz de San José de Apartadó. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 24 de
noviembre de 2000. Serie E No. 3 Considerando décimo; Caso de la Comunidad de Paz de San José de
Apartadó. Medidas Provisionales. Resolución del Presidente de la Corte de 9 de octubre de 2000. Serie E No.
3, Considerando octavo; Caso de Haitianos y Dominicanos de Origen Haitiano en la República Dominicana.
Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 18 de agosto de 2000. Serie E No. 3, Considerando décimo
primero; Caso del Tribunal Constitucional. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 14 de agosto de
2000. Serie E No. 3, Considerando noveno; Caso del Tribunal Constitucional. Medidas Provisionales.
Resolución del Presidente de la Corte de 7 de abril de 2000. Serie E No. 2, Considerando noveno; y Caso
Digna Ochoa y Plácido y otros. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte de 17 de noviembre de 1999.
Serie E No. 2, Considerando séptimo.
5
Cfr., inter alia, Caso de Marta Colomina y Liliana Velásquez. Medidas Provisionales. Resolución de la
Corte de 8 de septiembre de 2003. Considerandos décimo y undécimo y Puntos resolutivos quinto y
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