Norberto Núñez al preguntarle para “dónde iba”, le “dijo que para donde las peladas, que una de ellas era
amiga de él” 182.
118.
La señora Fulvia Nina Benítez indicó que cuando ella llegó junto con sus hermanas a la casa
“a la puerta habían dos soldados” y “había otro parado en un tronco que había ahí pero estaba de civil”. Señaló
que “cuando [entraron] a la casa se escondió” y entonces cerraron la puerta” 183. Indicó que “como a las doce
y media de la noche” el señor Maximino Vargas fue a buscar al señor Carlos Uva Velandía”184. El señor Santos
Adilio Sandoval indicó que cuando llegó a su casa y se fue a acostar “eran como las once y media” y “al rato de
estar acostado” escuchó “unos gritos que decían no me mate, no me mate”185. Por su parte, el señor José
Gersaín Uva Fuentes indicó que mientras estaba en su casa hacia las doce de la noche escuchó “que se quejaba
y gritaba una persona”; y las últimas palabras que escuchó fueron “cuñadito me mató”186.
119.
De acuerdo con el resultado de la investigación y el proceso penal que fueron realizados en
el ámbito interno, el señor Carlos Uva Velandia fue privado de su vida por el soldado Juan Alexis Burgos. La
descripción de los hechos ocurridos durante la noche del 20 de junio de 1992 fue realizada de la siguiente
forma por parte del Juzgado Promiscuo de Circuito:
El veinte de junio de mil novecientos noventa y dos, Carlos Arturo Uva Velandia se dedicaba
a departir y a consumir licor con unos amigos en el perímetro urbano de Hato Corozal. En la
misma fecha el soldado Juan Alexis Rodríguez Burgos, adscrito a la base de la Paz de Ariporo,
llega a esa población con dos funciones fundamentales: la primera, hacer entrega de víveres
a la compañía Contraguerrilla que allí se encontraba; y la segunda, recoger alguna
información de inteligencia. Evacuadas las tareas, el soldado se dedica al consumo de licor y
cuando transcurren las nueve horas de la noche se dirige a la guarnición militar a solicitar
ayuda con el fin de capturar a un presunto guerrillero con quien mantenía diferencias. Allí, el
oficial de turno convencido del estado de (embriaguez) del soldado Rodríguez Burgos le
ordena que se acueste, pero este en franco desobedecimiento se retiró y se dirige
nuevamente al pueblo.
Entre tanto, Carlos Arturo Uva Velandia sale del establecimiento donde se encontraba
consumiendo licor y se dirige solo hacia su casa con tan mala suerte que en el recorrido se
[… continuación]
Norberto Núñez Pérez ante el Juzgado 120 de Instrucción Penal Militar, 20 de diciembre de 1992. Anexo 1 del escrito de los peticionarios
recibido el 13 de octubre de 2000; Anexo 54. Acta de la Declaración Jurada de Santos Adilio Sandoval morales ante el Juzgado 120 de
Instrucción Penal Militar, 20 de diciembre de 1992. Anexo 1 del escrito de los peticionarios recibido el 13 de octubre de 2000; Anexo 53.
Acta de la Declaración Jurada de Maximino Vargas Uva ante el Juzgado 120 de Instrucción Penal Militar, 12 de enero de 1993. Anexo 1 del
escrito de los peticionarios recibido el 13 de octubre de 2000; Anexo 52. Declaración de Fulvia Nina Benites ante el Juzgado Promiscuo de
la Municipalidad, 29 de septiembre de 1993. Anexo a la petición inicial.
182 Anexo 49. Acta de la Declaración Jurada de Norberto Nuéz Pérez ante el Juzgado 120 de Instrucción Penal Militar, 20 de
diciembre de 1992. Anexo 1 del escrito de los peticionarios recibido el 13 de octubre de 2000.
183 Anexo 52. Declaración de Fulvia Nina Benitez ante el Juzgado Promiscuo de la Municipalidad, 29 de septiembre de 1993.
Anexo a la petición inicial.
184 Anexo 52. Declaración de Fulvia Nina Benitez ante el Juzgado Promiscuo de la Municipalidad, 29 de septiembre de 1993.
Anexo a la petición inicial.
185 El 20 de diciembre de 1992 declaró el señor Santos Adilio Sandoval Morales quien señaló que se encontró con el señor Uva
Velandia como a las 10 de la noche “llegué yo a la discoteca con Maximino, ahí estaba. Estábamos afuera primero, cuando él nos dijo,
quédense un ratico ahí y vamos a bailar, entonces, con las chinas que había llevado, nos entramos ahí para la discoteca, cuando él, las
chinas dijeron que se iban a dormir ya, quedamos ahí Maximino, Norberto, el finado y mi persona, porque las chinas salieron y se fueron.
Y él salió y nos dijo espérenos, espéreme que voy y vuelvo, entonces cuando él salió, yo le dije a Maximino, hágame el favor de llevarme
hasta la casa en la moto. Cuando él me llevó a la casa que yo me fui a acostar eran como las once y media. Al rato de estar acostado, mi
mujer me dijo escuché… unos fritos que decían no me mate, no me mate… Ya al otro día … escuchamos que .. mataron a Arturo”. Anexo
54. Acta de la Declaración Jurada de Santos Adilio Sandoval morales ante el Juzgado 120 de Instrucción Penal Militar, 20 de diciembre de
1992. Anexo 1 del escrito de los peticionarios recibido el 13 de octubre de 2000
186 Anexo 51. Declaración de José Gersaín Uva Fuentes, ante el Juzgado Promiscuo de la Municipalidad, 30 de agosto de 1993.
Anexo a la petición inicial.
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