6 Crespo, María Encarnación Salazar Campos, Fredez Binda García Hernández, María Neria Guillén Pereira, Olga María Álvarez, Carmen Rufina Cabriles, Rosa Julia Aldana Bastidas, Nelly Marcano, Nelly Freitez, María Casilda Valero Suárez, Haydée Mavilu Blanco García, Maritza Romero, Judith Borjas, Ybelice Altagracia Ramírez, Marisol Montenegro Cordero, Aura Rosa Liscano Betancourt, Petra Bello, Fernando Enrique Pérez, Juan Carlos Suárez Sánchez, Emileidys Ferrán Cedeño, Henry Eduardo Herrera Hurtado, Gregoria Matilde Castillo y Noraima Sosa Ríos. Los aludidos representantes presentaron, asimismo, los informes de los expertos Magdalena López de Ibáñez, Jesús María Casal y Alicia B. Neuburger. El 12 de abril de 2002 la Secretaría transmitió la correspondiente documentación a la Comisión y al Estado y les concedió plazo hasta el 20 de mayo del mismo año para la presentación de las observaciones que estimaran pertinentes. 24. El 29 de abril de 2002 la Comisión solicitó una prórroga para la presentación de las observaciones aludidas en el párrafo anterior y al día siguiente la Secretaría, siguiendo instrucciones del Presidente, prorrogó el plazo a la Comisión y al Estado hasta el 14 de junio del mismo año. 25. El 5 de junio de 2002 los representantes de las víctimas y de los familiares informaron a la Corte los motivos por los cuales no remitieron las declaraciones de Gervasia Cartaya, Beatriz Imelda Gómez, Rosa Flores de Torres y Franco José Marcos Villabobos y presentaron varios documentos adicionales. 26. El 12 de junio de 2002 la Comisión presentó sus observaciones sobre las declaraciones y los informes de los expertos aportados por los representantes de las víctimas y de los familiares. 27. Mediante escrito del 18 de junio de 2002 el Estado remitió sus observaciones a las declaraciones y a los informes de los expertos a los que se ha hecho referencia. Previamente, por escrito del 14 del mismo mes y año, había informado a la Corte sobre el envío de dichas observaciones. 28. El 20 de junio de 2002 la Corte resolvió requerir a los representantes de las víctimas y de los familiares, a la Comisión y al Estado que presentaran por escrito sus alegatos finales sobre reparaciones y costas, a más tardar el 22 de julio de 2002. 29. El 5 y el 16 de julio de 2002 la Secretaría, siguiendo instrucciones del Presidente, solicitó a los representantes de las víctimas y de los familiares, a la Comisión Interamericana y al Estado, la remisión de una serie de documentos e informaciones, como prueba para mejor resolver. Se trataba, básicamente, de los certificados de nacimiento de algunas víctimas o de sus familiares, constancias laborales, constancias médicas, reportes sobre el monto del salario mínimo legal vigente y el tipo de cambio entre el bolívar y el dólar de los Estados Unidos de América vigente en Venezuela, la expectativa de vida en dicho país, constancias sobre el estado de los procedimientos administrativos o judiciales internos, incluyendo los procedimientos de exhumación e identificación de los cadáveres enterrados en las fosas comunes y un detalle sobre las modificaciones de la legislación penal –militar y ordinaria– venezolana. 30. El 17 y el 19 de julio de 2002 la Comisión solicitó una prórroga para la presentación de la prueba a que se refiere el párrafo anterior. El 22 de los mismos

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