detenido en su lugar de trabajo por efectivos de Carabineros de
Chile. De allí fue trasladado a la Cárcel Pública de la Serena donde
quedó a disposición de funcionarios militares. Mientras permanecía
detenido, su domicilio fue allanado de forma ilegal por Carabineros de
Chile que buscaba pruebas para incriminarlo. El 16 de octubre de 1973,
el señor Hipólito Pedro Cortés Álvarez fue ejecutado junto con otras 14
personas en el Regimiento Militar Arica. De acuerdo con la petición,
esta ejecución fue realizada por orden de funcionarios de la denominada
“Caravana de la Muerte”, cuya jefatura militar informó, a través de la
prensa, que “Conforme a lo dispuesto por los Tribunales Militares en
tiempo de Guerra se ejecutó a las siguientes personas… entre las cuales
figura Hipólito Pedro Cortés Álvarez y otras 14 personas”. La petición
denuncia igualmente que el cadáver del señor Cortés fue inhumado
ilegalmente en una fosa común del Cementerio La Serena.
6.
Según lo señalado por el peticionario, estos hechos fueron
reconocidos por el Estado chileno a través del Informe Oficial de la
Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (“Comisión Rettig”), el
cual señaló que las quince ejecuciones habían sido realizadas por
funcionarios oficiales al margen de todo proceso legal y que los cuerpos
habían sido sepultados de manera clandestina. Aduce el peticionario que
sólo hasta 1998, un vez advenido el régimen democrático, se pudo
realizar la exhumación de restos de la mencionada fosa común, los
cuales permitieron establecer que el señor Osorio había sido torturado
antes de ser asesinado.
7.
El peticionario alega que estos hechos fueron investigados
judicialmente por tribunales militares que no llegaron a ninguna
conclusión positiva, dictándose sobreseimiento definitivo de la causa con
base en la ley de amnistía. No obstante, señala que a partir de 1998 se
comenzaron a interponer querellas contra Augusto Pinochet en la Corte
de Apelaciones de Santiago, “logrando hacer avanzar la investigación
denominada la Caravana de la Muerte, procesando a un importante
número de militares. Dicho proceso se encuentra actualmente en
tramitación.
8.
En el año 1999, luego del reconocimiento que hizo la “Comisión
Rettig” y el hallazgo del cadáver, la esposa y los hijos del señor Cortés
presentaron una demanda por indemnizaciones ante el Segundo
Juzgado Civil de la Serena (Caso Corte con Fisco de Chile, Rol 112299). El 9 de marzo de 2001, el Segundo Juzgado Civil acogió la
demanda y condenó al Estado de Chile a pagar la suma de quince
millones de pesos para cada uno de los demandantes. Contra este fallo,
el Fisco de Chile interpuso un recurso de apelación ante la Corte de
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