5 16. La verdad es que necesitamos la memoria, unos de los otros; los hijos necesitan la memoria de los padres envejecidos que los quieren, y éstos necesitan la memoria de sus hijos. Todos encuéntranse ligados - y no separados - en el tiempo. La memoria es un deber de los vivos hacia sus muertos; los muertos necesitan la memoria de sus sobrevivientes queridos, para que no dejen de existir en definitiva14. 17. En mi Voto Razonado en el caso Bámaca Velásquez versus Guatemala (fondo, 2000), ponderé que "A mi modo de ver, el tiempo - o más bien, el pasar del tiempo, - no representa un elemento de separación, sino más bien de acercamiento y unión, entre los vivos y los muertos, en el caminar común de todos hacia lo desconocido. El conocimiento y la preservación del legado espiritual de nuestros ancestrales constituyen una vía por medio de la cual los muertos pueden comunicarse con los vivos. Así como la experiencia vivencial de una comunidad humana se desarrolla con el flujo continuo del pensamiento y de la acción de los individuos que la componen, hay igualmente una dimensión espiritual que se transmite de un individuo a otro, de una generación a otra, que antecede a cada ser humano y que sobrevive a él, en el tiempo. Hay efectivamente un legado espiritual de los muertos a los vivos, captado por la conciencia humana. (...) Lo que nos sobrevive es tan sólo la creación de nuestro espíritu, con el propósito de elevar la condición humana. Es así como concibo el legado de los muertos, desde una perspectiva de los derechos humanos" (párrs. 15-16). 18. En otro Voto Razonado en el mismo caso Bámaca Velásquez versus Guatemala (reparaciones, 2002), agregué que "a mi juicio, lo que concebimos como el género humano abarca no sólo los seres vivos (titulares de los derechos humanos), sino también los muertos (con su legado espiritual). El respeto a los muertos se debe efectivamente en las personas de los vivos. La solidaridad humana tiene una dimensión más amplia que la solidaridad puramente social, por cuanto se manifiesta también en los lazos de solidaridad entre los muertos y los vivos" (párr. 25). IV. La Maduración del Tiempo, la Conciencia, y la Búsqueda del Perdón. 19. Al reconocimiento del deber de memoria y de su necesidad, parece sumarse igualmente, en nuestros días, la concientización de la importancia de la búsqueda del perdón por la perpetración de las graves violaciones de los derechos humanos. En una obra reciente, P. Ricoeur señala oportunamente que "c'est dans notre capacité à maîtriser le cours du temps que paraît pouvoir être puisé le courage de demander pardon"15; y evoca la reflexión de K. Jaspers, para quien "l'instance compétente, c'est la conscience individuelle"16. En efecto, si . Como ya en su época (1380-1471) advertía Thomas à Kempis, "today a man is here; tomorrow he is gone. And when he is out of sight, he is soon out of mind". Th. à Kempis, The Inner Life, London, Penguin, 2004 [reed.], p. 19. 14 15 . P. Ricoeur, La mémoire, l'histoire, l'oubli, op. cit. supra n. (...), p. 630. 16 . Cf. ibid., p. 616.

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