2 b) la decisión del Juzgado Cuadragésimo Segundo no correspondía a lo ordenado por la Corte Interamericana y las notificaciones entregadas a las beneficiarias no tienen relación con la protección ordenada en las resoluciones de ésta; c) la periodista Liliana Velásquez no ha recibido protección policial en ninguna forma. La señora Colomina sigue recibiendo protección por parte del Municipio de Chacao, protección que está sujeta limitaciones, debido a la falta de recursos humanos y económicos de la referida Alcaldía, y d) “el Estado no ha cumplido con la obligación de implementar efectivamente las medidas para proteger la libertad de expresión de [las beneficiarias]”. Por ejemplo, “el Ministro de la Defensa la calificó de ‘extranjera’, la Asamblea Nacional se dirigió al Ministerio Público para que iniciara el procedimiento para privarla de la nacionalidad venezolana, el Ministro de Información la llamó por teléfono a su programa radial, cuando estaba en el aire, exigiéndole que pusiera en audio directo lo que tenía para decirle [y] la prensa [ha dado] cuenta de que su pro[grama] en [televisión] será suprimido por presiones del gobierno”. 6. Las observaciones de 28 de febrero de 2005 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión” o “la Comisión Interamericana”), en las cuales señaló, inter alia, que las medidas de protección e investigación no cumplen con el estándar establecido por la Corte, son las mismas que fueron señaladas en informes anteriores y que han sido consideradas por el Tribunal como no efectivas para proteger la vida, integridad personal y libertad de expresión de las beneficiarias. 7. La comunicación de los representantes de 11 de marzo de 2005 y sus anexos, mediante los cuales señalaron, inter alia, que el más alto ejecutivo del canal de televisión “Televen” informó a la señora Colomina “la decisión de la Junta Directiva del canal de prescindir de sus servicios y poner fin a su programa”, debido a que “las presiones ejercidas por varios ministros del Gobierno durante más de un año se hacían insoportables para la marcha del canal, por lo que era imposible mantener al aire ‘La Entrevista’, programa conducido por Marta Colomina, con la asistencia de su productora Liliana Velásquez, por más de nueve años”. 8. El escrito del Estado de 2 de mayo de 2005, mediante el cual informó sobre la propuesta de creación de la “Brigada Especial” para coordinar y supervisar el cumplimiento de las medidas provisionales y cautelares dictadas por la Corte y la Comisión Interamericana. 9. El informe del Estado de 25 de mayo de 2005 en el que, luego de dos prórrogas concedidas, expresó, inter alia, que: a) la señora Colomina recibe todo el día la protección de dos funcionarios de la Policía Municipal del Chacao, dada la negativa de la señora Colomina de recibir protección de funcionarios de la Dirección de Servicio de Inteligencia y

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