43
degradante del tratamiento puede verse exacerbado por la vulnerabilidad de la persona que es detenida
175
ilegalmente .
196.
Asimismo, en términos generales, la Corte ha indicado que el estado de detención ilegal
y arbitraria de por sí coloca a la víctima en una situación de vulnerabilidad de la cual surge el riesgo de
176
que se violen otros derechos como el derecho a la integridad personal y de ser tratada con dignidad .
197.
Respecto de la integridad física en el caso de personas privadas de libertad, la Comisión
ha considerado que
[...] el Estado, al privar de libertad a una persona, se coloca en una especial posición de garante
de su vida e integridad física. Todo ello hace que el acto de reclusión implique un compromiso
específico y material de proteger la dignidad humana del recluso mientras esté bajo su custodia, lo
que incluye su protección frente a las posibles circunstancias que puedan poner en peligro su vida,
177
salud e integridad personal, entre otros derechos .
198.
En igual sentido, el Tribunal Europeo ha señalado que
[e]l Estado debe asegurar que una persona esté detenida en condiciones que sean compatibles
con el respeto a su dignidad humana, que la manera y el método de ejercer la medida no le someta
a angustia o dificultad que exceda el nivel inevitable de sufrimiento intrínseco a la detención, y que,
dadas las exigencias prácticas del encarcelamiento, su salud y bienestar estén asegurados
178
adecuadamente .
199.
Puntualmente, la Corte ha sostenido que
la detención en condiciones de hacinamiento, el aislamiento en celda reducida, con falta de
ventilación y luz natural, sin lecho para el reposo ni condiciones adecuadas de higiene, y la
incomunicación o las restricciones indebidas al régimen de visitas constituyen una violación a la
179
integridad personal .
200.
En relación con las implicancias de la incomunicación para las personas detenidas, la
Corte Interamericana sostuvo que
el aislamiento prolongado y la incomunicación coactiva a los que se ve sometida la víctima […]
representan, por sí mismos, formas de tratamiento cruel e inhumano, lesivas de la integridad
psíquica y moral de la persona y del derecho de todo detenido al respeto debido a la dignidad
inherente al ser humano, lo que constituye, por su lado, la violación de las disposiciones del
180
artículo 5 de la Convención que reconocen el derecho a la integridad personal .
175
Corte IDH, Caso Loayza Tamayo vs. Perú. 19 de septiembre de 1997, Serie C Nº 33, parr. 57, citando al Tribunal
Europeo de Derechos Humanos, Ribitsch c. Austria, Sentencia de 4 de diciembre de 1995, Serie A Nº 336, párr. 36.
176
Corte I.D.H., Caso Baldeón García vs. Perú. Sentencia de Fondo, Reparaciones y Costas de 6 de abril de 2006. Serie
C No. 147, párr. 119; Caso López Álvarez vs. Honduras. Sentencia de Fondo, Reparaciones y Costas de 1 de febrero de 2006.
Serie C No. 141, párr. 104; Caso Juan Humberto Sánchez vs. Honduras. Sentencia de Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones
y Costas de 7 de junio de 2003. Serie C No. 99, párr. 96. TEDH, Case of Ireland v. the United Kingdom. Sentencia de 18 de enero
de 1978, Serie A No. 25. párr. 167.
177
CIDH, Informe No. 41/99 (Fondo), Caso 11.491, Menores Detenidos, (Honduras), 10 de marzo de 1999, párrs. 135 y
178
TEDH, Case of Mcglinchey and Others vs. The United Kingdom. Sentencia del 29 de abril de 2004.
136.
179
Corte I.D.H. Caso García Asto y Ramírez Rojas Vs. Perú. Sentencia de Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y
Costas de 25 de noviembre de 2005. Serie C No. 137; Caso Raxcacó Reyes Vs. Guatemala. Sentencia de Fondo, Reparaciones y
Costas de 15 de septiembre de 2005. Serie C No. 133, párr. 95; Caso Fermín Ramírez Vs. Guatemala. Sentencia de Fondo,
Reparaciones y Costas de 20 de junio de 2005. Serie C No. 126, párr. 118. Véase también, ONU, Reglas mínimas para el
tratamiento de los reclusos, Adoptadas por el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento
del Delincuente, celebrado en Ginebra en 1955, y aprobadas por el Consejo Económico y Social en sus resoluciones 663C (XXIV)
de 31 de julio de 1957 y 2076 (LXII) de 13 de mayo de 1977, Reglas 10 y 11.
180
párr. 156.
Corte I.D.H. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Sentencia de Fondo de 29 de julio de 1988. Serie C No. 4,