74 soli receptado por el Estado, la obligación estatal de prevenir la apatridia y los estándares internacionales del derecho internacional de los derechos humanos aplicables. 6. Implementar medidas efectivas para erradicar la práctica de redadas u operativos de control migratorio basados en perfiles raciales. 7. Garantizar que las autoridades dominicanas que realicen funciones migratorias reciban una formación intensiva en derecho humanos para garantizar que, en el cumplimiento de sus funciones, respeten y protejan los derechos fundamentales de todas las personas, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, idioma, origen nacional o étnico u otra condición social. 8. Investigar los hechos del caso, determinar los responsables de las violaciones comprobadas y establecer las sanciones pertinentes. 9. Establecer recursos judiciales efectivos para casos de violación de derechos humanos en el marco de procedimientos de expulsión o deportación.

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