14 d) brindar un espacio para depositar el cadáver de Mario del Pilar Álvarez Pérez, hijo de la señora María Teresa de Jesús Pérez, en un panteón cercano a la residencia de ésta (resolutivo décimo cuarto); e) garantizar la vida, integridad y seguridad de las personas que rindieron declaración y de sus familiares (punto resolutivo décimo quinto); f) el pago de las indemnizaciones por daño material e inmaterial a las víctimas y sus familiares (puntos resolutivos décimo sexto y décimo séptimo), y g) el reintegro de los gastos y costas a los representantes de las víctimas (punto resolutivo décimo octavo). Y RESUELVE: 1. Requerir al Estado que adopte todas las medidas que sean necesarias para dar efecto y pronto acatamiento a las reparaciones que fueron ordenadas por el Tribunal en la Sentencia sobre fondo, reparaciones y costas de 2 de septiembre de 2004, de conformidad con lo estipulado en el artículo 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 2. Solicitar al Estado que presente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a más tardar el 11 de septiembre de 2006, un informe en el cual indique todas las medidas adoptadas para cumplir las reparaciones ordenadas por esta Corte que se encuentran pendientes de cumplimiento, de conformidad con lo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. 3. Solicitar a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de que presenten observaciones al informe del Estado mencionado en el punto resolutivo anterior, en los plazos de cuatro y seis semanas, respectivamente, contados a partir de la recepción del informe. 4. Continuar supervisando los puntos pendientes de cumplimiento de la Sentencia sobre fondo, reparaciones y costas de 2 de septiembre de 2004. 5. Requerir a la Secretaría que notifique la presente Resolución al Estado, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los representantes de las víctimas.

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