26. La Comisión transmitió a los peticionarios el 21 de febrero de 2006 las partes pertinentes de información adicional aportada por el Estado de Argentina en el transcurso de la reunión de trabajo celebrada en el 123º período ordinario de sesiones de la CIDH. 27. El 1º de junio de 2006, los peticionarios enviaron a la CIDH una carta firmada por los caciques de las comunidades que conforman la Asociación Lhaka Honhat. El Fiscal de Estado de la Provincia de Salta envió a la Comisión el 9 de junio de 2006, copia del acta de la reunión de 14 de marzo de 2006 que tuvo lugar entre el Secretario General de la Gobernación de la Provincia de Salta y el señor Francisco José Pérez, Coordinador de la Asociación Lhaka Honhat. El 18 de julio de 2006, la Comisión recibió un escrito de la Asociación Lhaka Honhat en la que informaba de los acontecimientos más recientes en la zona. 28. La Comisión, el 16 de agosto de 2006, solicitó tanto a los peticionarios como al Estado que enviaran información actualizada en el plazo de un mes sobre la materia objeto de la petición y trasladó los escritos de los peticionarios de 1º de junio y 18 de julio de 2006. El Estado y los peticionarios enviaron información a la Comisión el 7 y 15 de septiembre de 2006, respectivamente. III. A. POSICIÓN DE LAS PARTES Los peticionarios 29. La Asociación de comunidades aborígenes "Lhaka Honhat" (los peticionarios) es una Asociación Civil sin fines de lucro, según consta en la Resolución Ministerial Nº 449 de fecha 9 de diciembre de 1992 que aprueba su estatuto social y le otorga personería jurídica. La Asociación "Lhaka Honhat" se encuentra integrada por 35 comunidades indígenas de los grupos étnicos Mataco (Wichi), Chorote (Iyjwaja), Toba (Quom), Chulupí (Nivacklé), Tapiete (Tapy´y), que viven en la zona del Río Pilcomayo (lotes fiscales Nº 14 y 55) desde tiempos inmemoriales. En la región del Chaco-Salteño, Departamento de Rivadavia, Municipio de Santa Victoria Este, Provincia de Salta, concretamente, en los lotes fiscales Nº 14 y 55, viven aproximadamente 45 comunidades indígenas (entre 6.000 y 7.000 personas) que pertenecen a nueve pueblos indígenas y, que conviven con unos 2.600 criollos. Se trata de una zona de baja densidad poblacional y escasos signos de urbanización, con una extensión aproximada de 600.000 hectáreas. 1. Antecedentes 30. Los peticionarios alegan que a pesar de que son los legítimos propietarios de las tierras en las que viven, tal y como lo reconoce la Constitución Nacional, y han realizado numerosas gestiones desde que Argentina 7

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