-22La señora Mujica Giménez declaró que, luego de ser trasladada a una Comisaría, se percató de que “estaba embarazada de su hija Yolanda […quien] nació con la ayuda de otras compañeras presas en el calabozo […] sin ayuda de ninguna autoridad o de alguien que [la] socorriera”. Asimismo, expresó que “todo lo vivido y sufrido [le] sigue provocando daños de diversa naturaleza con secuelas graves a [su] salud física y psíquica y la de [sus] hijas Yolanda y Marión Esperanza”. Algunos de esos daños son: daños psicológicos a ella, sus hijas y su nieto, daños auditivos por los golpes en el oído y problemas en los riñones “causados por los golpes”. Finalmente, la testigo manifestó que “la persecución del régimen de Stroessner alcanzó a todos y cada uno de los miembros de la familia de [su] hermano”. Solicitó a la Corte que “se haga justicia, se encuentren los restos de [su] hermano Agustín Goiburú [y] se condene a los responsables de todos los delitos cometidos contra [él] y en [su] contra”. Solicitó que “se indemnice en forma justa” a su hermano y “a toda su familia”, como a ella y a su familia. Finalmente, solicitó que el Estado ofrezca disculpas oficiales “a las víctimas involucradas en el caso en forma particular y [a] las víctimas del régimen dictatorial en general”. Peritos a) Alfredo Boccia Paz, especialista en el contexto de la dictadura de Alfredo Stroessner El perito indicó que durante la dictadura de Alfredo Stroessner, particularmente entre fines de 1975 y 1976 el Estado creó “una suerte de campo de concentración de detenidos políticos”. Asimismo, refirió que “la delación mediante una […] red de informantes confidenciales, los apresamientos prolongados sin juicio, la tortura a presos políticos, […] su ejecución y desaparición eran coordinados por el Departamento de Investigaciones de la Policía de la capital”. A las víctimas y sus familiares “les resultaba imposible hacer públicos sus casos o formular denuncias en el extranjero. […] Las posibilidades de recurrir a un juez en caso de un apresamiento ilegal eran prácticamente nulas pues las solicitudes de habeas corpus eran sistemáticamente denegadas con el argumento de que regía el estado de sitio”. Al referirse a la “Operación Cóndor”, el señor Boccia Paz manifestó que a comienzos de los setenta “el soporte ideológico de [los] regímenes [dictatoriales de los países del Cono Sur] era la Doctrina de Seguridad Nacional […] que les permitía visualizar los movimientos de izquierda como enemigos comunes, [sin] importa[r] su nacionalidad”. Asimismo, “miles de ciudadanos del Cono Sur buscaban escapar a la represión de sus países refugiándose en países fronterizos [lo cual] colocaba a los enemigos potenciales [de los regímenes] fuera del alcance de los órganos de seguridad nacionales[, por lo que] era necesario establecer una estrategia común de defensa [que] requería la utilización de códigos comunes de información y archivos confidenciales sobre los detenidos, así como el libre movimiento de agentes extranjeros por los territorios de países vecinos”. El perito indicó que “los llamados ‘Archivos del Terror’” se constituyeron en un hito significativo contra la impunidad pues su hallazgo permitió el enjuiciamiento de varios de los principales responsables de la represión [y] fueron abiertos nuevos juicios por crímenes de lesa humanidad, pudieron proseguirse otros que estaban paralizados en tribunales por falta de evidencias y se logró obtener la primera sentencia definitiva conocida en la historia del país por asesinato político”. El señor Boccia Paz manifestó que “el [doctor] Goiburú había sido uno de los fundadores del [MOPOCO], una fracción contestataria del Partido Colorado [y] había comenzado a denunciar

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