-73a) En el caso de Agustín Goiburú Giménez, el proceso fue iniciado en 1989 por denuncia presentada por su esposa, la señora Elba Benítez de Goiburú, e instruido en contra de quienes fungían en la época de los hechos como Jefe de Estado, Ministro del Interior, Jefe de la Inteligencia Militar, Jefe de la Policía de la capital, Jefe de Investigaciones de la Policía de la capital y Cónsul de Paraguay en Posadas, Argentina. Durante el trámite del proceso, murieron tres de los seis imputados por lo que la acción penal fue declarada extinta a su respecto. Los procesados Alfredo Stroessner Matiauda y Sabino Augusto Montanaro se encontraban asilados en Brasil y Honduras, respectivamente, por lo que el Juzgado de instrucción los declaró “rebeldes y contumaces a los mandatos de la justicia hasta tanto se presentaran a estar en juicio” y ordenó la prisión preventiva con fines de extradición (infra párr. 124). En este proceso no ha habido sentencia alguna y el último acto procesal relevante fue que el 29 de mayo de 2002 el Juzgado Penal de Liquidación y Sentencia Número Tres “pasó los autos” para la emisión de sentencia respecto del encausado Francisco Ortiz Téllez, la cual no ha sido aún dictada. Ante esta situación, el Estado señaló que puesto “que el sistema procesal paraguayo no permitía el juzgamiento en ausencia” respecto de los procesados Alfredo Stroessner Matiauda y Sabino Augusto Montanaro, “y teniendo en cuenta el fallecimiento de dos de los procesados en el expediente, [el mismo] se enc[ontraba] paralizado”. Tal como ha sido advertido, el encausado Stroessner ha muerto recientemente. b) Respecto del caso de Carlos José Mancuello Bareiro, el proceso fue iniciado en 1990 por la presentación de querella penal por parte de su madre, la señora Ana Arminda Bareiro de Mancuello e instruido contra quienes fungían en en el momento de los hechos como Jefe de Estado, Ministro del Interior, Jefe de la Policía de la capital, Jefe de Investigaciones de la Policía de la capital y otras cinco personas que se desempeñaban en diversos puestos y jerarquías en la Policía de la capital paraguaya. En este proceso han muerto cuatro de los encausados, uno de los cuales -el ex Jefe de Investigaciones de la Policía de la capital- había sido condenado en primera instancia y han sido condenados en primera o segunda instancia otros cuatro ex oficiales. Los condenados fueron declarados civilmente responsables. El 11 de febrero de 2003 la Segunda Sala del Tribunal de Apelación concedió los recursos de apelación y nulidad interpuestos por dos de los procesados y por la querellante contra el acuerdo y sentencia de apelación y remitió los autos a la Corte Suprema de Justicia, donde se encuentran pendientes de decisión en última instancia. Se encuentra abierta la causa en estado sumario respecto de tres personas. c) En cuanto al caso de los hermanos Rodolfo y Benjamín Ramírez Villalba, el proceso fue iniciado en 1989 por su hermano Julio Darío Ramírez Villalba e instruido contra 11 personas, 10 de las cuales coinciden con los inculpados en los dos procesos anteriores; el procesado restante es otro ex oficial de la Policía. El 1 de septiembre de 1999 el Juzgado de Primera Instancia en lo Criminal del Cuarto Turno condenó en primera instancia a cinco ex oficiales y al ex Jefe de Investigaciones de la Policía de la capital, quien murió posteriormente. En este proceso se ordenó la detención de uno de los procesados, Eusebio Torres, quien se encontraba prófugo y fue declarada su rebeldía. Luego de haber decretado su detención preventiva con fines de extradición, en julio de 1993 el Juzgado de Primera Instancia de Quinto Turno declaró “rebelde y contumaz de los mandatos del Juzgado” al procesado Alfredo Stroessner Matiauda. Luego, en junio de 2001 solicitó la extradición de este último (infra párr. 126). Actualmente, el proceso penal se encuentra ante la Primera Sala del Tribunal en lo Criminal para resolver tres recursos de apelación y nulidad interpuestos; la causa sumarial seguía abierta en relación con los imputados Alfredo Stroessner Matiauda, Sabino Augusto Montanaro y Eusebio Torres y la solicitud de extradición del primero en trámite ante la justicia del

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