-81responsables. Los testimonios de los familiares de las víctimas permiten a la Corte apreciar la magnitud del daño sufrido; f) consideró procedente la aplicación de la presunción del daño inmaterial respecto de hijos, cónyuges o compañeras, padres y hermanos; g) manifestó que una medida esencial de satisfacción es llevar a término una investigación seria, completa y efectiva para determinar la responsabilidad intelectual y material de todos los autores de la detención y posterior desaparición forzada de las presuntas víctimas; h) solicitó que los familiares de las presuntas víctimas tengan pleno acceso y capacidad de actuar en todas las etapas e instancias de dichas investigaciones, de acuerdo con la ley interna y las normas de la Convención Americana. Asimismo, el Estado deberá asegurar el cumplimiento efectivo de la decisión que adopten los tribunales internos, en acatamiento de esta obligación. El resultado del proceso deberá ser públicamente divulgado, para que la sociedad paraguaya conozca la verdad; i) alegó que el Estado debe adoptar las medidas necesarias para localizar y hacer entrega de los restos de los señores Agustín Goiburú Giménez, Carlos José Mancuello Bareiro, y Rodolfo y Benjamín Ramírez Villalba, que aún no han sido ubicados, a fin de que sus familiares completen el duelo por la desaparición de sus seres queridos; j) solicitó que el Estado reconozca públicamente su responsabilidad internacional mediante la realización de un acto público, en presencia de sus más altas autoridades, en relación con los hechos de este caso y en desagravio de Agustín Goiburú Giménez, Carlos José Mancuello Bareriro, Rodolfo Ramírez Villalba y Benjamín Ramírez Villalba, y k) tomando en cuenta las solicitudes de los familiares de las víctimas formuladas en sus declaraciones testimoniales, consideró que el Estado debe, inter alia: ofrecer disculpas oficiales a las víctimas del caso en forma particular y a las víctimas del régimen dictatorial, en general; implementar la materia de derechos humanos en colegios y escuelas, así como establecer en el currículum escolar un espacio dedicado a la historia de las víctimas en particular y del proceso dictatorial en general; establecer una fecha escolar de conmemoración de las víctimas; declarar como feriado nacional el 3 de febrero como la fecha en que se dio fin a la dictadura; disponer de mecanismos de control y seguimiento y establecer las garantías de cumplimiento de las disposiciones emanadas de la Corte Interamericana; erigir un monumento en homenaje a los desaparecidos del régimen en la plaza del Congreso; brindar apoyo médico y psicológico gratuito a todos los familiares de las víctimas; asumir la investigación, la recolección de datos y materiales que sirvan para la localización e identificación de los restos del doctor Goiburú. Asimismo, disponer las acciones necesarias para hallar los restos de Carlos José Mancuello Bareiro, entregarlos a los familiares y esclarecer su proceso de muerte. Además, el Estado debe involucrarse y utilizar todos sus medios para encontrar los restos de Rodolfo y Benjamín Mancuello Bareiro;

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