tira al piso al percatarse de las comisiones policiales, pero simultáneamente, por el lado derecho de (sic) baja un sujeto de piel blanca, con bigotes, delgado y por el lado izquierdo por donde ya se había bajado el conductor otro sujeto, caucásico de aproximadamente de 50 años de edad, estos portando armas de fuego en sus manos disparándole en repetidas ocasiones a la unidad acción 116, que era conducido por el Distinguido JOSE MALDONADO y comandada por el cabo Segundo ERICK TORREALBA, logrando impactar la unidad de dicha comisión, originándose nuevamente un intercambio de disparo (sic) por la necesidad imperiosa de defender nuestras vidas ante el peligro inminente provocado por estos sujetos desconocidos, resultando heridos gravemente los dos sujetos que se bajaron del vehículo portando armas de fuego, siendo trasladados al ce[n]tro asistencial m[á]s cercano al lugar de los hechos [adyacencias a la Tenería de cagua] en este caso el Hospital José María Vargas de Cagua […]31. 42. En el acta se señala que en la misma fecha y luego de lo ocurrido, se colectaron32 en el “sector 01 de la Segundera frente a la vereda 44 y frente a la casa No. 05”, un arma tipo revolver color negro, y en el área adyacente a la Tenería de Cagua, dos armas de fuego “una de ellas calibre 380mm, tipo pistola color negra y una escopeta calibre 12mm”33. El funcionario Dicamilo Colmenares dio la misma identificación de las armas colectadas indicando que eran las que portaban las personas que habían enfrentado a la comisión policial34. 43. En declaraciones rendidas días después ante el CICPC y en posteriores entrevistas rendidas ante la Fiscalía Auxiliar Novena del Ministerio Público, en mayo de 2003, los funcionarios del CSOPEA Saúl Ramos Mora35, Rafael Barreto Araque36, Jorge Luis Alvarado Hernández37, Jesús Franco Martínez38, Luis 31 Anexo 10. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio del Interior y Justicia. CICPC. Región Aragua, Seccional Cagua. Acta policial entrevista al funcionario Saúl Ricardo Ramos Mora, de 14 de marzo de 2003, folios 207-208. Anexa a la petición inicial de 14 de marzo de 2007. 32 Según declaraciones posteriores rendidas por varios de los funcionarios que participaron en el operativo, la colección de las armas fue realizada por funcionarios del CICPC. Ver: Anexo 13. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio de Interior y Justicia. CICPC. Región Aragua, Seccional Cagua. Acta de declaración del funcionario Saúl Ramos Mora, de 28 de mayo de 2003. Anexa a la petición inicial de 14 de marzo de 2007; Anexo 14. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio del Interior y Justicia. CICPC. Región Aragua, Seccional Cagua. Declaración del funcionario Jorge Luis Alvarado Hernández, de 28 de mayo de 2003, folio 225. Anexo a la petición inicial de 14 de marzo de 2007; y Anexo 15. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio del Interior y Justicia. CICPC. Región Aragua, Seccional Cagua. Declaración del funcionario Jesús Franco Martínez, de 28 de mayo de 2003, folio 227. Anexo a la petición inicial de 14 de marzo de 2007. 33 Anexo 10. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio del Interior y Justicia. CICPC. Región Aragua, Seccional Cagua. Acta policial entrevista al funcionario Saúl Ricardo Ramos Mora, de 14 de marzo de 2003, folio 208. Anexa a la petición inicial de 14 de marzo de 2007. 34 Anexo 11. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio del Interior y Justicia. CICPC. Región Aragua, Seccional Cagua. Acta policial de entrevista al funcionario Luis Dicamilo Colmenares, de 14 de marzo de 2003, folio 210. Anexa a la petición inicial de 14 de marzo de 2007. 35 Anexo 13. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio del Interior y Justicia. CICPC. Región Aragua, Seccional Cagua. Declaración del funcionario Saúl Ramos Mora, de 28 de mayo de 2003. Anexo a la petición inicial de 14 de marzo de 2007. 36 Este funcionario declaró que “después de los hechos acaecidos se identificó el arma de fuego en una de las manos del ciudadano herido”. Anexo 16. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio del Interior y Justicia. CICPC. Región Aragua, Seccional Cagua. Declaración del funcionario Rafael Antonio Araque, de 28 de mayo de 2003, folio 223. Anexo a la petición inicial de 14 de marzo de 2007. Ver también: Anexo 17. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio de Interior y Justicia. CICPC. Región Aragua – Seccional Cagua. Declaración del funcionario Rafael Antonio Barreto Araque, de 11 de marzo de 2003. Anexo a la petición inicial de 14 de marzo de 2007. 37 Ver: Anexo 14. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio del Interior y Justicia. CICPC. Región Aragua, Seccional Cagua. Declaración del funcionario Jorge Luis Alvarado Hernández, de 28 de mayo de 2003, folio 225. Anexo a la petición inicial de 14 de marzo de 2007; Anexo 15. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio del Interior y Justicia. CICPC. Región Aragua, Seccional Cagua. Declaración del funcionario Jesús Franco Martínez, de 28 de mayo de 2003, folio 227. Anexo a la petición inicial de 14 de marzo de 2007; Anexo 18. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio del Interior y Justicia. CICPC. Región Aragua, Seccional Cagua. Declaración del funcionario Luis Dicamilo Colmenares, de 28 de mayo de 2003, folio 228. Anexo a la petición inicial de 14 de marzo de 2007. Ver también: Anexo 19. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio de Interior y Justicia. CICPC. Región Aragua – Seccional Cagua. Declaración del funcionario Jorge Luis Alvarado Hernández de 11 de marzo de 2003. Anexo a la petición inicial de 14 de marzo de 2007. 10

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