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dos o cuatro veces la cantidad de internos para la que fueron diseñadas. La mayoría de
los internos no contaban con una celda individual. El espacio aproximado para cada
interno era de 30 centímetros cuadrados. El hacinamiento de las celdas provocaba
además, inmundicia, malos olores e insectos. Al no designarse celdas, los presos
dominantes administraban el espacio. Las autoridades no tenían datos consolidados o
confiables sobre el número o situación judicial de las personas recluidas en este centro
de internamiento. El Retén de Catia no contaba con un adecuado registro de los
internos, en el que se consignara, cuando menos, en forma adecuada, su identidad, los
motivos de su detención, la autoridad competente que había dictado la medida, el día
y hora de su ingreso y salida.
60.10. Para el 26 de noviembre de 1992, un informe suministrado por el jefe de los
servicios del Retén computaba 3618 internos. Otro informe suministrado por el jefe de
los servicios del Retén se indicó que para el 30 de noviembre de 1992 el número de
internos alcanzaba 2286. De acuerdo con el conteo de los reclusos, realizado por la
Guardia Nacional después de una requisa efectuada el 30 de noviembre de 1992 y del
traslado de reclusos a otros establecimientos, el número total de internos era de 2540.
Más del 95% de la población se encontraba en espera de sentencia y no estaba
separada de aquellos internos ya condenados.
60.11. Las condiciones de extremo hacinamiento y sobrepoblación carcelaria eran
causantes de múltiples violaciones a los derechos de los reclusos. El retén era
considerado por las propias autoridades como uno de los peores penales del país, en el
cual se desarrollaban actividades de tráfico de drogas, armas y licores, y eran comunes
la violencia y los maltratos continuos, ya sea por disputas entre las mafias internas
como por acciones infligidas por los propios guardias.
60.12. Las personas privadas de libertad en el Retén de Catia, incluidas en ellas las
víctimas del presente caso, recibían mala alimentación, no tenían acceso a condiciones
sanitarias mínimas y adecuadas, y no recibían una debida atención en salud. Los
reclusos se veían obligados, por ejemplo, a defecar en las celdas en recipientes o en
papel y arrojar los residuos al patio interior. La atención de salud era extremamente
deficiente y la posibilidad de realizar actividades tendientes a mantener una calidad de
vida acorde con su dignidad, como actividades de trabajo, de estudio y recreativas
eran mínimas.
60.13. Los vejámenes sufridos por los internos no sólo eran comunes, sino
ampliamente conocidos por las autoridades carcelarias y de justicia. No obstante, el
Retén de Catia fue mantenido en las mismas condiciones precarias hasta el momento
de su demolición.
60.14. La falta de atención médica adecuada dentro de los establecimientos
penitenciarios en Venezuela y la falta de conservación de los mismos, devino en la
generalización de enfermedades tales como diarreas, micosis y virosis gripal.
Asimismo, las enfermedades de transmisión sexual se propagaban de manera
preocupante.
60.15. En relación con el personal penitenciario, el mismo era, además de insuficiente,
ineficiente por falta de preparación técnica. Esto repercutía negativamente en una
ausencia de seguridad en las prisiones. Los vigilantes penitenciarios eran mal pagados,
no estaban capacitados y por lo tanto eran susceptibles de incurrir en actos de
corrupción. Como ocurrió en el Retén de Catia, ante la ausencia de suficiente personal
civil, se necesitó solicitar el apoyo de funcionarios militares, específicamente de la
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