2 artículos 5, 8 y 25 de la Convención Americana en perjuicio de los familiares de la víctima; en específico, de su viuda, sus hijos y su hermano, en relación con el artículo 1.1 del citado instrumento internacional. II. TRÁMITE ANTE LA COMISIÓN POSTERIOR AL INFORME DE ADMISIBILIDAD 6. La Comisión adoptó su informe de admisibilidad Nº 1/03 el 20 de febrero de 2003. El informe fue remitido a los peticionarios y al Estado el 4 de abril de 2003. En dichas comunicaciones, la Comisión se puso a disposición de las partes a fin de facilitar una solución amistosa y solicitó a los peticionarios que presentaran sus observaciones sobre el fondo en el plazo de 2 meses. Mediante comunicación recibida el 17 de julio de 2003, los peticionarios enviaron sus observaciones referentes al informe Nº 1/03. Dicha información se trasladó al Estado mediante comunicación del 9 de octubre de 2003. 7. El 17 de octubre de 2003, durante del 118° período ordinario de sesiones de la Comisión, se llevó a cabo una audiencia en la cual el Estado manifestó su interés de abrir un espacio de diálogo con los peticionarios tendente a lograr una solución amistosa. Posteriormente, se llevaron a cabo varias reuniones de trabajo entre las partes; la primera, el 5 de marzo de 2004, en el marco del 119° período ordinario de sesiones, la segunda, el 2 de marzo de 2005, dentro del 122° período ordinario de sesiones y, la tercera, el 19 de octubre de 2005, dentro del 123° período ordinario de sesiones de la Comisión. En esa última reunión, los peticionarios hicieron del conocimiento de la Comisión su voluntad de romper el proceso de solución amistosa, debido a la falta de avance en la misma, por parte del Estado argentino. Así lo ratificaron en su comunicación del 13 de octubre de 2005. A petición del Estado, la Comisión convocó a las partes a una reunión de trabajo que se llevó a cabo durante la visita de trabajo que realizó a la Argentina del 3 al 8 de diciembre de 2006. 8. Tras el cierre de la solución amistosa, la Comisión solicitó al Estado, el 27 de enero de 2007, que presentara sus observaciones sobre el fondo en un plazo de dos meses. El 7 de marzo de 2007, la Comisión otorgó al Estado la prórroga que solicitó, por un plazo de un mes adicional. El Estado remitió su respuesta el 23 de mayo de 2007, de lo cual se dio traslado a los peticionarios el 5 de junio de 2007. Estos, a su vez, enviaron respuesta el 5 de julio de 2007, la cual fue trasladada al Estado el 1° de agosto del mismo año. El 11 de octubre de 2007, en el marco del 130° periodo ordinario de sesiones de la Comisión, se llevó a cabo otra reunión de trabajo entre las partes. 9. El 12 de agosto de 2009 los peticionarios enviaron información adicional, que fue trasladada al Estado el 21 del mismo mes. El Estado hizo llegar su respuesta el 4 de noviembre de 2009, la cual fue trasladada a los peticionarios el 23 del mismo mes. Los peticionarios enviaron su respuesta a través de comunicación del 23 de diciembre de 2009. Esta información fue debidamente remitida al Estado para su conocimiento. 10. El 19 de marzo de 2010, se llevó a cabo una audiencia, en el marco del 138° periodo ordinario de sesiones de la Comisión, en la que participaron los peticionarios y los familiares del señor Jorge Omar Gutiérrez, así como representantes del gobierno federal. 11. Mediante comunicación del 24 de agosto de 2010 la Comisión solicitó información específica a los peticionarios, respecto del caso. Los peticionarios dieron respuesta a la solicitud y de ésta se dio debido traslado al Estado. III. POSICIÓN DE LAS PARTES A. Posición de los peticionarios 12. Los peticionarios sostienen que Jorge Omar Gutiérrez, entonces subcomisario de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, fue asesinado el 29 de agosto de 1994, a manos de agentes del Estado. Afirman que su muerte se habría dado con el fin de detener las investigaciones que la presunta víctima seguía, en la que se encontraban involucrados, por actos de corrupción, funcionarios gubernamentales de alta jerarquía.

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