3
10.
Por resolución del Presidente de 20 de mayo de 1995, se convocó a las partes a una
audiencia pública sobre excepciones preliminares a celebrarse el 13 de septiembre siguiente.
La Comisión solicitó verbalmente la posposición de dicha audiencia y el Presidente, por
resolución de 30 de junio de 1995, acogió dicha solicitud y fijó a tal efecto el 23 de
septiembre del mismo año.
11.
El 23 de mayo de 1995 el Gobierno presentó un escrito en el que rechazó “la
pretendida caducidad de [su] derecho para deducir la defensa previa”. Con fecha 24 de
agosto del mismo año la Comisión solicitó a la Corte que dicho escrito se tuviera por no
presentado y se dispusiera su exclusión definitiva del expediente. El 18 de septiembre el
Presidente comunicó que el mencionado escrito sería valorado en su oportunidad.
12.
Por su parte, la Comisión por escrito de 29 de diciembre de 1995 presentó copia de la
sentencia de 6 de octubre de ese año dictada por la Corte Suprema de Justicia en la cual se
confirmó la condena contra María Elena Loayza Tamayo y otros por el delito de terrorismo y
el Gobierno, el 22 de enero de 1996, solicitó rechazar dicho escrito y tenerlo por no
presentado. El 30 de enero del mismo año, el Presidente comunicó que el escrito sería
valorado oportunamente.
13.
La audiencia pública tuvo lugar en la sede de la Corte el 23 de septiembre de 1995.
Comparecieron
por el Gobierno del Perú:
Mario Cavagnaro Basile, agente
Iván Carluis Fernández López, asesor
por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos:
Oscar Luján Fappiano, delegado
Edith Márquez Rodríguez, abogada
Domingo E. Acevedo, abogado
José Miguel Vivanco, asistente
Ariel E. Dulitzky, asistente.
II
14.
Alega la Comisión en su demanda que:
a.
El 6 de febrero de 1993 María Elena Loayza Tamayo, peruana, profesora de la
Universidad San Martín de Porres, junto con un familiar suyo, Ladislao Alberto Huamán
Loayza, fue arrestada por miembros de la División Nacional contra el Terrorismo (DINCOTE)
de la Policía Nacional de Perú, en un inmueble de su propiedad ubicado en Calle Mitobamba,
Manzana D, Lote 18, Urbanización los Naranjos, Distrito de los Olivos, Lima, Perú. Los
agentes policiales no presentaron orden judicial de arresto ni mandato de la autoridad
competente. La detención se produjo por la acusación de Angélica Torres García, alias