con fundamento en dichos criterios, la razón por la cual ha requerido del tiempo transcurrido para tratar el caso181. 166. En relación al primer elemento, este Tribunal ha tenido en cuenta diversos criterios para determinar la complejidad de un asunto. Entre ellos se encuentra i) la complejidad de la prueba182; ii) la pluralidad de sujetos procesales183 o la cantidad de víctimas184; iii) el tiempo transcurrido desde la violación185; iv) las características del recurso contenidos en la legislación interna186, y v) el contexto en el que ocurrieron los hechos 187. En relación con el segundo elemento, es decir con la actividad procesal del interesado, la Corte ha evaluado si los sujetos realizaron las intervenciones en los procesos que le eran razonablemente exigibles188. En cuanto al tercer elemento, es decir la conducta de las autoridades judiciales, la Corte ha entendido que las autoridades judiciales, como rectores del proceso, tienen el deber de dirigir y encausar las investigaciones y el procedimiento judicial con el fin de no sacrificar la justicia y el debido proceso en pro del formalismo189. Sobre el cuarto elemento, es decir la afectación generada en la situación jurídica de la persona involucrada en el proceso, la Corte ha establecido que las autoridades deben actuar con mayor diligencia en aquellos casos donde de la duración del proceso depende la protección de otros derechos de los sujetos del proceso190. 167. Sobre esta base, la Corte analizará si el Estado cumplió con el plazo razonable en las investigaciones y procesos por las muertes de Gustavo Giraldo Villamizar Durán, Elio Gelves Carrillo, y Carlos Arturo Uva Velandia, ya para ello procederá a analizar cada uno de los cuatro elementos que fueron enunciados. i. Las investigaciones y los procesos por la muerte de Gustavo Giraldo Villamizar Durán y de Elio Gelves Carrillo 168. La investigación y el proceso penal tuvieron una duración de tres años y siete meses para el caso de Gustavo Villamizar y cuatro años y diez meses para el caso de Elio Gelves 181 Cfr. Caso Anzualdo Castro Vs. Perú, párr. 156, y Caso Carvajal Carvajal y otros Vs. Colombia, párr. 105. Cfr. Caso Genie Lacayo Vs. Nicaragua. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 29 de enero de 1997. Serie C No. 30, párr. 78, y Caso Carvajal Carvajal y otros Vs. Colombia, párr. 107. 182 Cfr. Caso Acosta Calderón Vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de junio de 2005. Serie C No. 129, párr. 106, y Caso Carvajal Carvajal y otros Vs. Colombia, párr. 107. 183 Cfr. Caso Furlan y familiares Vs. Argentina. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 31 de agosto de 2012. Serie C No. 246, párr. 156 y Caso Quispialaya Vilcapoma Vs. Perú, párr. 179. Del mismo modo, véase Caso Baldeón García Vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 6 de abril de 2006. Serie C No. 147, párr. 152, y Caso Vargas Areco Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 26 de septiembre de 2006. Serie C No. 155, párr. 103, y Caso Carvajal Carvajal y otros Vs. Colombia, párr. 107. 184 Cfr. Caso Heliodoro Portugal Vs. Panamá. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 12 de agosto de 2008. Serie C No. 186, párr. 150, y Caso Carvajal Carvajal y otros Vs. Colombia, párr. 107. 185 Cfr. Caso Salvador Chiriboga Vs. Ecuador. Excepción Preliminar y Fondo. Sentencia de 6 de mayo de 2008. Serie C No. 179, párr. 83., Caso Furlan y familiares Vs. Argentina, párr. 156 y Caso Carvajal Carvajal y otros Vs. Colombia, párr. 107. 186 187 107. Cfr., Caso Furlan y familiares Vs. Argentina, párr. 156, y Caso Carvajal Carvajal y otros Vs. Colombia, párr. Cfr. Caso Fornerón e hija Vs. Argentina. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de abril de 2012. Serie C No. 242, párr. 69, y y Caso Carvajal Carvajal y otros Vs. Colombia, párr. 110. 188 Cfr. Caso Myrna Mack Chang Vs. Guatemala. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de noviembre de 2003. Serie C No. 101., párr. 211, y Caso Carvajal Carvajal y otros Vs. Colombia, párr. 111. 189 Cfr. Caso Valle Jaramillo y otros Vs. Colombia, párr. 155, y Caso Carvajal Carvajal y otros Vs. Colombia, párr. 114. 190 -55-

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