245. En caso de que el Estado incurriera en mora, deberá pagar un interés sobre la cantidad adeudada correspondiente al interés bancario moratorio en Colombia. XI. PUNTOS RESOLUTIVOS 246. Por tanto, LA CORTE DECIDE, Por unanimidad, 1. Aceptar el reconocimiento de responsabilidad parcial efectuado por el Estado, en los términos de los párrafos 20 a 27 de la presente Sentencia. 2. Declarar improcedente la excepción preliminar interpuesta por el Estado, en los términos de los párrafos 30 a 33 de esta Sentencia. DECLARA, Por unanimidad, que: 3. El Estado es responsable por la violación al derecho a la vida, contenido en el artículo 4.1 de la Convención Americana, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en perjuicio de Gustavo Giraldo Villamizar Durán, Elio Gelves Carrillo, Carlos Arturo Uva Velandia, Wilfredo Quiñónez Bárcenas, José Gregorio Romero Reyes y Albeiro Ramírez, en los términos de los párrafos 124 a 145 de esta Sentencia. 4. El Estado es responsable por la violación del derecho a la integridad personal, contenido en el artículo 5.1 de la Convención Americana, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en perjuicio de Elio Gelves Carrillo, Carlos Arturo Uva Velandia, Wilfredo Quiñónez Bárcenas, José Gregorio Romero Reyes y Albeiro Ramírez, en los términos de los párrafos 124 y 146 de esta Sentencia. 5. El Estado es responsable por la violación al derecho a la libertad personal, contenido en el artículo 7 de la Convención Americana, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en perjuicio de Elio Gelves Carrillo, Wilfredo Quiñónez Bárcenas, José Gregorio Romero Reyes, Albeiro Ramírez Jorge y Carlos Arturo Uva Velandia, en los términos de los párrafos 124 y 146 de esta Sentencia. 6. El Estado es responsable por la violación del derecho a la honra y dignidad, contenido en el artículo 11.1 de la Convención Americana, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en perjuicio de Gustavo Giraldo Villamizar Durán y Elio Gelves Carrillo, en los términos de los párrafos 124, y 153 a 156 de esta Sentencia. 7. El Estado es responsable por la violación del derecho a las garantías judiciales y protección judicial contenidos en los artículos 8.1 y 25 de la Convención Americana, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en perjuicio de los familiares de Gustavo Giraldo Villamizar Durán, Elio Gelves Carrillo, Wilfredo Quiñónez Bárcenas, José Gregorio Romero Reyes y Albeiro Ramírez, en los términos de los párrafos 162, 163, 165 a 170, 174 a 180, y 191 de esta Sentencia. Además, el Estado violó el derecho a conocer la verdad de los familiares de Gustavo Giraldo Villamizar Durán, Elio Gelves Carrillo, Wilfredo Quiñónez -81-

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