ello al exponer cómo después de la masacre huyó con sus hijos134 y terminó por desplazarse hasta
el Departamento de Guatemala, donde vive hasta el día de hoy 135. De la misma manera, el señor
Antonio Ajanel Ortiz mencionó que permaneció 18 años en México y, aunque regresó a Guatemala
en el año 2000 tras la firma de la paz, no ha vuelto a vivir en Los Josefinos 136. Resaltó que regresó
en el año 2000 porque un conocido le dijo que “ya las cosas estaban más tranquilas” 137. Igualmente,
las víctimas Alba Maritza López Mejía138, Elidea Hernández Rodríguez 139, Sotero Chávez140, Juana
Leonidas García Castellanos141 y Zoila Reyes Pineda142 declararon que tampoco ellas ni sus familias
retornaron a la aldea y siguen viviendo fuera hasta la actualidad.
83. Por lo expuesto, el Tribunal concluye que, al 9 de marzo de 1987, el Estado guatemalteco
continuaba incumpliendo su obligación de generar condiciones para el retorno o el reasentamiento
voluntario de las personas desplazadas forzadamente de la Aldea Los Josefinos, lo cual les obligó a
continuar viviendo en otra región del país o fuera de él. En consecuencia, a la vista de la prueba
aportada ante este Tribunal, la Corte concluye que el Estado es responsable por la violación del
derecho a la libertad de circulación y de residencia amparado por el artículo 22 de la Convención
Americana, en concordancia con el incumplimiento de las obligaciones contenidas en el artículo 1.1
del mismo instrumento, en perjuicio de María Fidelia Quevedo, Antonio Ajanel Ortiz, Alba Maritza
López Mejía, Elidea Hernández Rodríguez, Sotero Chávez, Juana Leonidas García Castellanos, Zoila
Reyes Pineda y sus núcleos familiares 143.
Según consta en el listado remitido por la Comisión y los representantes, la señora Quevedo Bolaños tenía 4 hijas y
1 hijo, a saber: Lilian Judith Pérez Quevedo, Sandra Margarita Pérez Quevedo, Rosa Lina Pérez Quevedo, Marta Leonor Pérez
Quevedo y Arturo Filadelfo Pérez Quevedo.
134
Cfr. Declaración testimonial de María Fidelia Quevedo Bolaños, de 4 de febrero de 2020 (expediente de prueba, folio
23034), y Declaración testimonial de Arturo Filadelfo Pérez Quevedo, de 4 de febrero de 2020 (expediente de prueba, folio
23029).
135
136
Cfr. Declaración ante notario de Antonio Ajanel Ortiz, de 22 de enero de 2021 (expediente de prueba, folio 23893).
137
Cfr. Declaración ante notario de Antonio Ajanel Ortiz, de 22 de enero de 2021 (expediente de prueba, folio 23894).
138
Cfr. Declaración testimonial de Alba Maritza López Mejía, de 4 de febrero de 2020 (expediente de prueba, folio
23035).
139
23920).
140
Cfr. Declaración ante notario de Elidea Hernández Rodríguez, de 22 de enero de 2021 (expediente de prueba, folio
Cfr. Declaración ante notario de Sotero Chávez, de 22 de enero de 2021 (expediente de prueba, folio 23907).
Cfr. Declaración ante notario de Juana Leónidas García Castellanos, de 22 de enero de 2021 (expediente de prueba,
folio 23912).
141
142
Cfr. Declaración ante notario de Zoila Reyes Pineda, de 22 de enero de 2021 (expediente de prueba, folio 23914).
Según consta en el listado remitido por la Comisión y los representantes, y como pudo ser comprobado por el
Tribunal, el núcleo familiar de María Fidelia Quevedo Bolaños estaba conformado por: Lilian Judith Pérez Quevedo, Sandra
Margarita Pérez Quevedo, Rosa Lina Pérez Quevedo, Marta Leonor Pérez Quevedo y Filadelfo Arturo Pérez Quevedo; el núcleo
familiar de Antonio Ajanel Ortíz estaba conformado por: Carmelino Ajanel Ramos; el núcleo familiar de Alba Maritza López
Mejía estaba de conformado por: Maria del Carmen Mejía Pérez de López, Amildo Antonio López Mejía, Alejandra López,
Agustín de Jesús López Mejía, Rosa Alvina (Albina) López Mejía, y su hermano José Álvaro López Mejía quien fue víctima de
desaparición forzada, tal y como lo declaró la Corte en el apartado b.1 del presente capítulo. Asimismo, el núcleo familiar de
Elidea Hernández Rodríguez estaba conformado por: Mario Adolfo Alcántara, Tito Asai Alcántara Hernández, Adolfo Lemuel
Alcántara Hernández, Anestor [Noé] Alcántara Hernández y Damaris Noemí Alcántara Hernández; el núcleo familiar de Sotero
Chávez estaba conformado por: Anselma Carrillo Díaz de Chavez, Apolinio Carrillo Carrillo, Miguel Carrillo Díaz, Natalia Chávez
Carillo, Otilia Chávez Carillo, Romeo Chávez Carillo, Daniel Chávez Carillo, Deisy Francisca Chávez Carrillo, José Luis Chávez
Carrillo, Jorge Alberto Chávez Carrillo, Antonio Chávez Carillo, Cecilia Chávez Carillo, Marta Chávez Carrillo, Salomón Carrillo
Gudiel y Roberto Carrillo Gudiel; el núcleo familiar de Juana Leonidas García Castellanos estaba conformado por: Manuel
Regalado Nuñez, Ana Mirian Regalado García, Elmin Edel Regalado García, Silvia Elizabeth Reglado García, Byron (Biron)
Manuel Regalado García , Jaime San Regalado García, Bermina Llaneth [Janneth] Regalado García, Argentina Regalado García
y Eulicer Regalado García, y el núcleo familiar de Zoila Reyes Pineda estaba conformado por: Raúl Amadeo Pineda Reyes y
Zoila Aida Pineda Reyes.
143
28