10
colaboración incluía unos dos millones de dólares en forma de un desembolso anual a las fuerzas de
seguridad colombianas 17 .
45.
A título de contexto cabe señalar que el 23 de abril 2003, los residentes de Santo
Domingo interpusieron una demanda contra la OXY y su contratista de seguridad, Airscan, Inc. en
una corte federal en California, Estados Unidos de América. Los demandantes alegaron que tanto la
OXY como Airscan en un esfuerzo por proteger la seguridad del oleoducto de Caño Limón ayudaron
a la FAC a llevar a cabo un bombardeo aéreo sobre Santo Domingo el 13 de diciembre de 1998 18 .
La demanda se encuentra aún bajo el conocimiento de las cortes de dicho país.
46.
El Observatorio de Derechos Humanos del Programa Presidencial de Derechos
Humanos y Derecho Internacional Humanitario señaló que “la dinámica del conflicto armado en
Arauca y la importante influencia que han ejercido tradicionalmente y que continúan ejerciendo los
diferentes grupos al margen de la ley con presencia en el departamento, configuran un escenario en
el que las frecuentes y graves violaciones a los derechos humanos afectan directamente tanto a la
población civil como a las autoridades civiles del departamento”19 .
47.
En su Informe Anual para 1998 la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos manifestó que “[e]n sus contraofensivas, las fuerzas
militares han causado también numerosas víctimas civiles, en particular por los disparos y las
bombas lanzadas desde las aeronaves. Se han también denunciado ante la Oficina casos en los
cuales la fuerza pública ha ocupado escuelas o casas particulares” 20 .
B.
Hechos que precedieron al bombardeo del 13 de diciembre de 1998
48.
El 12 de diciembre de 1998 en la vereda de Santo Domingo se llevaba a cabo un
bazar en cuyo marco se realizaron diversos eventos deportivos 21 . Ese mismo día una avioneta
Cessna con matrícula HK 2659 de la empresa Saviare Ltda., aterrizó sobre la carretera que conduce
de la vereda de Santo Domingo a Panamá de Arauca o Pueblo Nuevo 22 . El aterrizaje y posterior
despegue fue facilitado por cerca de 250 miembros de los Frentes 10 y 45 de las Fuerzas Armadas
Revolucionarias de Colombia (FARC) que se encontraban en el sector 23 . A causa de ello, la Décima
17
Anexo 2. Amnistía Internacional. Colombia. Un laboratorio de guerra: represión y violencia en Arauca, 20 de abril
de
2004,
Índice
AI:
AMR
23/004/2004.
Disponible
en:
http://www.amnesty.org/es/library/asset/AMR23/004/2004/es/348b5bb9-d63d-11dd-ab95a13b602c0642/amr230042004es.pdf.
18
Ver
Mujica
V.
Occidental
Petroleum
en
http://www.businesshumanrights.org/Categories/Lawlawsuits/Lawsuitsregulatoryaction/LawsuitsSelectedcases/OccidentallawsuitreColombia?sort_
on=effective&batch_size=10&batch_start=3.
19
Anexo 1. Observatorio de Derechos Humanos del Programa Presidencial de Derechos Humanos y Derecho
Internacional Humanitario, Algunos indicadores sobre la situación de derechos humanos a septiembre de 2004 en el
departamento
de
Arauca,
disponible
en:
http://www.derechoshumanos.gov.co/Pna/documents/2010/arauca/indicadoresarauca.pdf.
20
Anexo 3. Comisión de Derechos Humanos, Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos sobre la Oficina en Colombia, E/CN.4/1999/8, 16 de marzo de 1999, párr. 119.
21
Anexo 4. Juzgado Doce Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá D.C. con funciones de Ley 600 de 2000,
Sentencia de Primera Instancia, Radicado 2005-102, César Romero Pradilla y otros, 24 de septiembre de 2009, pág. 27.
Anexo 2 al escrito del Estado de 5 de octubre de 2010, recibido en la CIDH el 6 de octubre de 2010.
22
Anexo 4. Juzgado Doce Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá D.C. con funciones de Ley 600 de 2000,
Sentencia de Primera Instancia, Radicado 2005-102, César Romero Pradilla y otros, 24 de septiembre de 2009, pág. 38.
Anexo 2 al escrito del Estado de 5 de octubre de 2010, recibido en la CIDH el 6 de octubre de 2010.
23
Anexo 4. Juzgado Doce Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá D.C. con funciones de Ley 600 de 2000,
Sentencia de Primera Instancia, Radicado 2005-102, César Romero Pradilla y otros, 24 de septiembre de 2009, pág. 1.
Anexo 2 al escrito del Estado de 5 de octubre de 2010, recibido en la CIDH el 6 de octubre de 2010.