24 115. Durante el trámite de la medida cautelar MC 70/99 el Estado informó sobre su cumplimiento y la asistencia humanitaria brindada a los desplazados y los peticionarios informaron sobre la situación humanitaria y de seguridad de los beneficiarios. Los peticionarios informaron también a la 53 CIDH que fueron asesinados : Juan Elio Mena Córdoba (26 de diciembre de 1997), Luis Onofre Quintero, Margarito Valoy, Tomás Torres, Licinio Ramos, Boncha Navarro, Candelario Quintana, Jezny Hurtado, José Luis Osorio (10 de septiembre de 1998), John Jairo Murillo (5 de enero de 1999), Rafael Antonio Muñoz (enero de 1999), Pedro Polo Martínez (13 de febrero de 1999), Miguel Domicó (17 de febrero de 1999), Otoniel Bautista Mantilla (22 de marzo de 2000), Ricardo Antonio Goes Restrepo (22 de marzo de 2000), Antonio Hinestroza Mosquera (24 de marzo de 2000) Alcides Rivero, Víctor Cuesta Mosquera (13 de agosto de 2003), José Luis Osorio, Rafael Antonio Muñoz, Pedro Polo Martínez, Miguel Domicó, Otoniel Bautista Mantilla, Ricardo Antonio Goes Restrepo, Antonio Hinestroza Mosquera y Carlos Alberto Martínez. 116. En el trámite de las medidas cautelares MC 70/99 los peticionarios informaron a la CIDH que fueron desaparecidos: Avisail Chaverra, Manuel Cuesta Palacios, Rogelio Mosquera (31 de 54 diciembre de 1997), Wilson Salazar Martínez, Hernán Vergara (14) (enero de 1999) , Juan Villegas 55 Arguello (17 de enero de 1999) y Manuel Márquez (el 5 de abril de 1999). 117. La CIDH por su parte, observó en su Tercer Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Colombia de 1999 (en adelante “Tercer Informe”) que un gran número de afrocolombianos residía en algunas de las zonas más conflictivas del territorio nacional y que era válido llegar a la generalización de que el terror y la violencia que practican todas las fuerzas contenciosas de Colombia había afectado particularmente a los colombianos que vivían en condiciones de pobreza extrema, de los 56 cuales, un número desproporcionado eran afrodescendientes . 118. El 22 de enero de 2004 la Corte Constitucional dictó la sentencia T-025 mediante la cual 57 declaró que la dramática situación de los más de tres millones de personas desplazadas por la 58 violencia en Colombia constituye un “estado de cosas inconstitucional”. Estableció que existe una violación masiva y reiterada de los derechos humanos de la población desplazada y que las fallas 59 estructurales de las políticas del Estado son un factor central que contribuye a ella . La Corte expidió órdenes que involucran tanto al Estado como a la sociedad civil en la elaboración y aplicación de programas para enfrentar la crisis humanitaria del desplazamiento y estableció un procedimiento para la implementación de la sentencia mediante el diseño de políticas y la celebración de audiencias públicas 53 Anexos 16, 17, 18 y 19. Escritos de los peticionarios en el trámite de la MC 70-99 recibidos el 29 de abril de 1999, 9 de mayo de 2001, 1˚ de marzo de 2003 y 31 de mayo de 2004. 54 El 29 de enero de 1999 el niño Hernán Vergara (14), y Rafael Antonio Muñoz, desplazados asentados en Bocas del Atrato partieron a pescar por tres días hacia Bahía Margarita. El 5 de febrero de 1999 sus familiares y miembros de la Fiscalía encontraron en Bahía Margarita la embarcación en la que iban sin motor, redes ni utensilios. Entre el 11 y 12 de febrero de 1999, se encontró el cuerpo de Rafael Antonio Muñoz sin piernas, sin cabeza y atado de manos en el sitio conocido como “Leoncito” y el paradero de Hernán Vergara aún se desconoce. Anexo 16. Escrito de los peticionarios en el trámite de la MC 70-99 recibido el 29 de abril de 1999. 55 Anexo 16. Escrito de los peticionarios en el trámite de la MC 70-99 recibido el 29 de abril de 1999. 56 Anexo 15. CIDH. Tercer Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Colombia, Cap. XI: los derechos de las comunidades negras. OEA/Ser.L/V/II.102 Doc. 9 rev. 1, 26 de febrero de 1999, párr. 26. En: http://www.cidh.org/countryrep/Colom99sp/indice.htm. 57 Segunda cifra más alta de desplazados en el mundo después de Sudán. Ver Anexo 20. ONU. Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) 2009. 2008 Global Trends, Asylum- Seekers, Returnees, Internally Displaced and Stateless Persons. En: http//www.unhcr.org/4a374c426.html. 58 Dicha Sentencia acumuló 108 expedientes, correspondientes a igual número de acciones de tutela interpuestas por 1150 núcleos familiares, todos pertenecientes a la población desplazada. Anexo 21. Corte Constitucional colombiana. Sentencia T025-2004 de 22 de enero de 2004. En: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2004/t-025-04.htm. 59 Anexo 21. Corte Constitucional colombiana. Sentencia http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/Autos/2008/A092-08.htm. T-025-2004 de 22 de enero de 2004. At:

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